Madrid número 21 (BOCM-20210311-112)
Procedimiento 1101/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021
Pág. 303
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
112
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1101/2020-A de este Juzgado de lo
social, seguido a instancias de doña Elisabeth Gutiérrez Díaz, frente a “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del
tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta a instancias de doña Elisabeth
Gutiérrez Díaz, contra la mercantil “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, que no comparece, pese a estar citado en forma, con citación a Fondo de Garantía Salarial, que tampoco
comparece, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, con efectos del día 11 de
agosto de 2020, y la extinción de la relación laboral existente entre doña Elisabeth Gutiérrez Díaz y la mercantil “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, desde la fecha de la presente
resolución, 28 de enero de 2021, condenando a la demandada al abono a la actora, en concepto de indemnización, la cantidad de 628 euros; y, en concepto de salarios de tramitación,
la cantidad de 6.477 euros.
Que, asimismo, debo condenar y condeno a “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, a
abonar a doña Elisabeth Gutiérrez Díaz, la cantidad de 349,93 euros por los conceptos referidos en el hecho probado tercero de la presente resolución, que devengará el 10 por 100
de interés por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado,
en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, y designando letrado o graduado
social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar, al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros
en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con número 2519-0000-61-1101-20, del
Banco Santander, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar, al tiempo de anunciarlo, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo
importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Así lo acuerda, manda y firma.—Doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del
Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la señora magistrada-Juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que yo la Letrada
de la Administración de Justicia.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
BOCM-20210311-112
Publicación
B.O.C.M. Núm. 59
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021
Pág. 303
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
112
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1101/2020-A de este Juzgado de lo
social, seguido a instancias de doña Elisabeth Gutiérrez Díaz, frente a “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del
tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta a instancias de doña Elisabeth
Gutiérrez Díaz, contra la mercantil “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, que no comparece, pese a estar citado en forma, con citación a Fondo de Garantía Salarial, que tampoco
comparece, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, con efectos del día 11 de
agosto de 2020, y la extinción de la relación laboral existente entre doña Elisabeth Gutiérrez Díaz y la mercantil “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, desde la fecha de la presente
resolución, 28 de enero de 2021, condenando a la demandada al abono a la actora, en concepto de indemnización, la cantidad de 628 euros; y, en concepto de salarios de tramitación,
la cantidad de 6.477 euros.
Que, asimismo, debo condenar y condeno a “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”, a
abonar a doña Elisabeth Gutiérrez Díaz, la cantidad de 349,93 euros por los conceptos referidos en el hecho probado tercero de la presente resolución, que devengará el 10 por 100
de interés por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado,
en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, y designando letrado o graduado
social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar, al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros
en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con número 2519-0000-61-1101-20, del
Banco Santander, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar, al tiempo de anunciarlo, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo
importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Así lo acuerda, manda y firma.—Doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del
Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la señora magistrada-Juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que yo la Letrada
de la Administración de Justicia.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hair Tusecretos Peluqueros, S. L.”,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
BOCM-20210311-112
Publicación