Madrid número 32 (BOCM-20210311-134)
Ejecución 166/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

Pág. 331

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134

MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 166/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ANA BELEN MORLANES CRISOL frente a SPANISHOMESELLER SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid, a once de febrero de dos mil veintiuno
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que tiene
entrada el precedente escrito del Fondo de Garantía Salarial solicitando subrogarse en el
crédito que se ejecuta en estos autos. Doy fe.
DECRETO
En Madrid, a once de febrero de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 4.315,10 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes y Fogasa, y verificado archívense las actuaciones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SPANISHOMESELLER SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20210311-134

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.