Arroyomolinos (BOCM-20210310-34)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
ARROYOMOLINOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210310-34
Don José Vicente Gil Suárez, concejal-delegado de Hacienda en el Ayuntamiento de
Arroyomolinos (Madrid), según decreto de delegación número 1315/2020, de 20 de mayo,
hace saber que los padrones de la tasa por reserva de vía pública para acceso a garajes, locales, o viviendas, carga y descarga de pasajeros o mercancías de cualquier clase (vados) y
la tasa por ocupación de la vía pública por actividades lucrativas (terrazas), ambos del ejercicio 2021 se han aprobado respectivamente mediante los decretos 662/2021, de 19 de febrero, y 674/2021, de 19 de febrero. Ambos padrones se hayan expuestos al público en el
Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación durante el plazo de diez días naturales,
a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley
General Tributaria.
El período de pago voluntario será el comprendido entre el 15 de marzo hasta el 19 de
julio de 2021 y podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de las entidades financieras colaboradoras que a continuación se relacionan, en horario habitual de caja: Ibercaja, Banco
Sabadell, Banco Santander, Bankia, Liberbank, Unicaja, La Caixa, BBVA, Cajamar.
En el plazo de un mes, y con carácter potestativo, podrá presentarse recurso de reposición,
previo al contencioso-administrativo en los términos previstos en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo), a contar desde la finalización del período de la exposición pública.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
En Arroyomolinos, a 22 de febrero de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, José
Vicente Gil Suárez.
(01/7.162/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
ARROYOMOLINOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210310-34
Don José Vicente Gil Suárez, concejal-delegado de Hacienda en el Ayuntamiento de
Arroyomolinos (Madrid), según decreto de delegación número 1315/2020, de 20 de mayo,
hace saber que los padrones de la tasa por reserva de vía pública para acceso a garajes, locales, o viviendas, carga y descarga de pasajeros o mercancías de cualquier clase (vados) y
la tasa por ocupación de la vía pública por actividades lucrativas (terrazas), ambos del ejercicio 2021 se han aprobado respectivamente mediante los decretos 662/2021, de 19 de febrero, y 674/2021, de 19 de febrero. Ambos padrones se hayan expuestos al público en el
Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación durante el plazo de diez días naturales,
a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley
General Tributaria.
El período de pago voluntario será el comprendido entre el 15 de marzo hasta el 19 de
julio de 2021 y podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de las entidades financieras colaboradoras que a continuación se relacionan, en horario habitual de caja: Ibercaja, Banco
Sabadell, Banco Santander, Bankia, Liberbank, Unicaja, La Caixa, BBVA, Cajamar.
En el plazo de un mes, y con carácter potestativo, podrá presentarse recurso de reposición,
previo al contencioso-administrativo en los términos previstos en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo), a contar desde la finalización del período de la exposición pública.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
En Arroyomolinos, a 22 de febrero de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, José
Vicente Gil Suárez.
(01/7.162/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791