Fuenlabrada número 1 (BOCM-20210310-70)
Procedimiento 177/2019
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 58
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
Pág. 193
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
70
FUENLABRADA NÚMERO 1
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 177/2019,
entre doña María del Mar Hernández Cid, frente a Comunidad de Propietarios de la calle
San Francisco Javier, número 2, y Rehabilitaciones de Fachadas y Tejados, en reclamación
de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
En nombre del Rey, el magistrado ilustrísimo señor don Jesús Alemany Eguidazu.
Sentencia número 103 de 2019
En Fuenlabrada, a 4 de julio de 2019.
Antecedentes de hecho:
Antecedentes procesales:
I. Demanda.—La demanda fue presentada el 25 de febrero de 2019 ante el decanato
de los Juzgado de Fuenlabrada (reparto civil). Funda sustancialmente la pretensión en la acción aquiliana del perjudicado frente a la parte demandada por daños por filtraciones de
agua (en adelante, el “siniestro”); para terminar con suplico de condena a indemnizar los
daños materiales por 1.237,47 euros, más intereses desde la demanda y las costas.
II. Contestación.—Promanpsa no se personó, por lo que fue declarada rebelde por
diligencia de 14 de mayo de 2019. La demandada comparecida presentó contestación oponiendo la culpa de tercero (Promanpsa), por defecto de impermeabilización de la cubierta,
sin relación de dependencia por la Comunidad o culpa propia de la demandante, por defecto
de mantenimiento; empleo de la diligencia exigible para la reparación; habiendo la demandante demandado a tal empresa en anterior ocasión y demandándose ahora a la Comunidad
solo porque Promanpsa es insolvente; para terminar con suplico de desestimación íntegra de
la demanda, con condena en costas a la actora.
III. Vista.—La vista se celebró el 2 de julio de 2019, con asistencia de todas las partes
salvo de la codemandada rebelde; practicándose los siguientes medio de prueba: documental
pública y privada, interrogatorio de partes, la parte demandada en la persona del presidente de
la Comunidad, don Francisco Sánchez del Pino, testificales de don Antonio Romero y don
Manuel Hernández (vecinos); con el resultado que obra en autos y en el correspondiente soporte audiovisual.
IV. Siglario de esta sentencia: “CC”, Código Civil; “LEC”, Ley 1/2000, de 7 de enero,
de Enjuiciamiento Civil; “LPH”, Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal;
“SAP”, sentencia de la Audiencia Provincial, sección; y “STS 1.a”, sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera.
V. En la sustanciación del procedimiento se tienen por observadas las prescripciones legales.
Que debo estimar y estimo la demanda, y, en su virtud, dictar los siguientes pronunciamientos:
Primero.—Condenar solidariamente a Comunidad de Propietarios de la calle San
Francisco Javier, número 2, de Fuenlabrada, y Rehabilitaciones de Fachadas y Tejados Promanpsa, S. L., a indemnizar a doña María del Mar Hernández Cid con la suma de 1.237,47
euros, más intereses legales desde el 25 de febrero de 2019.
Segundo.—Condenar al pago de las costas a la parte demandada.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que es firme y contra la misma
no cabe interponer recurso ordinario alguno.
Y para que sirva de notificación a Rehabilitaciones de Fachadas y Tejados, expido y
firmo la presente.
En Fuenlabrada, a 27 de octubre de 2020.—El/la letrado/a de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/29.011/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210310-70
Fallo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 58
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
Pág. 193
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
70
FUENLABRADA NÚMERO 1
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 177/2019,
entre doña María del Mar Hernández Cid, frente a Comunidad de Propietarios de la calle
San Francisco Javier, número 2, y Rehabilitaciones de Fachadas y Tejados, en reclamación
de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
En nombre del Rey, el magistrado ilustrísimo señor don Jesús Alemany Eguidazu.
Sentencia número 103 de 2019
En Fuenlabrada, a 4 de julio de 2019.
Antecedentes de hecho:
Antecedentes procesales:
I. Demanda.—La demanda fue presentada el 25 de febrero de 2019 ante el decanato
de los Juzgado de Fuenlabrada (reparto civil). Funda sustancialmente la pretensión en la acción aquiliana del perjudicado frente a la parte demandada por daños por filtraciones de
agua (en adelante, el “siniestro”); para terminar con suplico de condena a indemnizar los
daños materiales por 1.237,47 euros, más intereses desde la demanda y las costas.
II. Contestación.—Promanpsa no se personó, por lo que fue declarada rebelde por
diligencia de 14 de mayo de 2019. La demandada comparecida presentó contestación oponiendo la culpa de tercero (Promanpsa), por defecto de impermeabilización de la cubierta,
sin relación de dependencia por la Comunidad o culpa propia de la demandante, por defecto
de mantenimiento; empleo de la diligencia exigible para la reparación; habiendo la demandante demandado a tal empresa en anterior ocasión y demandándose ahora a la Comunidad
solo porque Promanpsa es insolvente; para terminar con suplico de desestimación íntegra de
la demanda, con condena en costas a la actora.
III. Vista.—La vista se celebró el 2 de julio de 2019, con asistencia de todas las partes
salvo de la codemandada rebelde; practicándose los siguientes medio de prueba: documental
pública y privada, interrogatorio de partes, la parte demandada en la persona del presidente de
la Comunidad, don Francisco Sánchez del Pino, testificales de don Antonio Romero y don
Manuel Hernández (vecinos); con el resultado que obra en autos y en el correspondiente soporte audiovisual.
IV. Siglario de esta sentencia: “CC”, Código Civil; “LEC”, Ley 1/2000, de 7 de enero,
de Enjuiciamiento Civil; “LPH”, Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal;
“SAP”, sentencia de la Audiencia Provincial, sección; y “STS 1.a”, sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera.
V. En la sustanciación del procedimiento se tienen por observadas las prescripciones legales.
Que debo estimar y estimo la demanda, y, en su virtud, dictar los siguientes pronunciamientos:
Primero.—Condenar solidariamente a Comunidad de Propietarios de la calle San
Francisco Javier, número 2, de Fuenlabrada, y Rehabilitaciones de Fachadas y Tejados Promanpsa, S. L., a indemnizar a doña María del Mar Hernández Cid con la suma de 1.237,47
euros, más intereses legales desde el 25 de febrero de 2019.
Segundo.—Condenar al pago de las costas a la parte demandada.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que es firme y contra la misma
no cabe interponer recurso ordinario alguno.
Y para que sirva de notificación a Rehabilitaciones de Fachadas y Tejados, expido y
firmo la presente.
En Fuenlabrada, a 27 de octubre de 2020.—El/la letrado/a de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/29.011/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210310-70
Fallo