Madrid número 33 (BOCM-20210310-132)
Ejecución 27/2021
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 268

MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 58

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
132

MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 27/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. CESAR AUGUSTO SORIA URQUIA frente a TRANSMARAN SL
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
1.- AUTO
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. CESAR AUGUSTO SORIA URQUIA, frente a la demandada TRANSMARAN
SL, parte ejecutada, por un principal de 763,30 euros, más 46,00 euros y 76,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2806-000064-0027-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D. JOSÉ PABLO ARAMENDI SÁNCHEZ.
EL MAGISTRADO-JUEZ
2.- DECRETO
PARTE DISPOSITIVA

- REQUERIR a TRANSMARAN SL, a fin de que en el plazo de 10 DÍAS manifieste
relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución que
asciende a 763,30 EUROS, en concepto de principal y de 122,00 EUROS, en concepto provisional de intereses de demora y costas. Deberá manifestar dicha relación con la precisión
necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que
ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y, de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de este que puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá, cuando se trate de personas jurídicas, a sus administradores o a las personas que
legalmente las representen y cuando se trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad, a quienes aparezcan como sus organizadores, directores o gestores. En el caso de
que los bienes estuvieran gravados con cargas reales, deberá manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha. En el caso de bienes
inmuebles, deberá indicar si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por de-

BOCM-20210310-132

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: