D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210310-23)
Convenio – Convenio de 5 de febrero de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Bancaria Caixa D’Estalvis i Pensions de Barcelona “la Caixa” para la mejora y optimización de la atención psicosocial de pacientes y sus familias en al ámbito hospitalario y de atención primaria
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BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 58
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
23
CONVENIO de 5 de febrero de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la
Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona “la Caixa” para
la mejora y optimización de la atención psicosocial de pacientes y sus familias
en al ámbito hospitalario y de atención primaria.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 90/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno en su nombre y en representación del
Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019 de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, D. Marc Simón Martínez, Subdirector General de la Fundación Caixa D´Estalvis i Pensions de Barcelona “la Caixa” (en adelante, Fundación la Caixa) con domicilio
social en Plaza Weyler núm. 3, de Palma (Islas Baleares), con NIF G-58899998, inscrita en
el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el número 1.658, actuando en
nombre y representación de la misma en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de sus Estatutos, el cual posibilita que el Presidente del Patronato, delegue dicha función en Marc Simón Martínez, delegación otorgada ante el notario de Barcelona D. Tomás Giménez Duart,
el 27 de julio de 2017, bajo el número 2222 de orden de su protocolo.
MANIFIESTAN
Primero
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen
jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral
de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Que de conformidad con el artículo 60 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud tiene entre
sus fines: la coordinación de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid para la optimización de todos los recursos disponibles,
la integración de las actuaciones relativas a la protección y mejora de la salud de la población y la promoción de la humanización en todos los centros sanitarios de utilización pública de la Comunidad de Madrid, manteniendo el máximo respeto a la dignidad de la persona, a la libertad individual y a los derechos humanos contando para ello con una
organización adecuada que permita la atención integral de la salud del individuo, comprensiva tanto de la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, como de las acciones curativas y rehabilitadoras necesarias, que colabore en la reinserción social, en el ámbito de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública.
BOCM-20210310-23
Segundo
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 58
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SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
23
CONVENIO de 5 de febrero de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la
Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona “la Caixa” para
la mejora y optimización de la atención psicosocial de pacientes y sus familias
en al ámbito hospitalario y de atención primaria.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 90/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno en su nombre y en representación del
Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019 de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, D. Marc Simón Martínez, Subdirector General de la Fundación Caixa D´Estalvis i Pensions de Barcelona “la Caixa” (en adelante, Fundación la Caixa) con domicilio
social en Plaza Weyler núm. 3, de Palma (Islas Baleares), con NIF G-58899998, inscrita en
el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el número 1.658, actuando en
nombre y representación de la misma en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de sus Estatutos, el cual posibilita que el Presidente del Patronato, delegue dicha función en Marc Simón Martínez, delegación otorgada ante el notario de Barcelona D. Tomás Giménez Duart,
el 27 de julio de 2017, bajo el número 2222 de orden de su protocolo.
MANIFIESTAN
Primero
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen
jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral
de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Que de conformidad con el artículo 60 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud tiene entre
sus fines: la coordinación de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid para la optimización de todos los recursos disponibles,
la integración de las actuaciones relativas a la protección y mejora de la salud de la población y la promoción de la humanización en todos los centros sanitarios de utilización pública de la Comunidad de Madrid, manteniendo el máximo respeto a la dignidad de la persona, a la libertad individual y a los derechos humanos contando para ello con una
organización adecuada que permita la atención integral de la salud del individuo, comprensiva tanto de la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, como de las acciones curativas y rehabilitadoras necesarias, que colabore en la reinserción social, en el ámbito de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública.
BOCM-20210310-23
Segundo