Madrid (BOCM-20210309-37)
Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrícula impuestos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia Tributaria Madrid
BOCM-20210309-37
La directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 3 de marzo de 2021, ha aprobado las
matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2021, así
como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de
edictos del Ayuntamiento de Madrid:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local con pasos de
vehículos.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local por el uso de cajeros
automáticos propiedad de las entidades financieras.
Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago, que dichas matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según se indica a continuación:
— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria
Madrid en el teléfono 915 298 210 (010 si llama desde la ciudad de Madrid).
— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Tanto en
el teléfono anterior, como en la dirección web www.madrid.es/oaic, figura la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa y medidas preventivas).
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante la directora de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el
Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (1 de junio).
Madrid, a 3 de marzo de 2021.—La directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema T.
Pérez Ramón.
(01/7.765/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia Tributaria Madrid
BOCM-20210309-37
La directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 3 de marzo de 2021, ha aprobado las
matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2021, así
como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de
edictos del Ayuntamiento de Madrid:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local con pasos de
vehículos.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local por el uso de cajeros
automáticos propiedad de las entidades financieras.
Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago, que dichas matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según se indica a continuación:
— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria
Madrid en el teléfono 915 298 210 (010 si llama desde la ciudad de Madrid).
— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Tanto en
el teléfono anterior, como en la dirección web www.madrid.es/oaic, figura la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa y medidas preventivas).
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante la directora de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el
Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (1 de junio).
Madrid, a 3 de marzo de 2021.—La directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema T.
Pérez Ramón.
(01/7.765/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791