Fuenlabrada (BOCM-20210309-47)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 26 de febrero (urg.), por la que se
convocan las subvenciones para el Proyecto Amanecer/Atardecer. Curso 2020/2021.
BDNS: 551381
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las Asociaciones de Madres
y Padres de Alumnos de centros públicos (AMPA) con personalidad jurídica, legalmente
constituidas, debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades
Ciudadanas, así como los centros públicos de Educación Infantil y Primaria que vayan a
realizar o estén realizando la actividad objeto de esta convocatoria. Se trata de 37 centros
públicos de la localidad.
Segundo. Objeto.—Se trata de aminorar el importe a pagar en la cuota por las familias usuarias del servicio acogida a alumnos fuera del horario escolar en los colegios públicos de la localidad. Durante ese período se realizan actividades lúdicas y de descanso, encaminadas a satisfacer las necesidades de los niños y niñas que participan en el proyecto.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 176.740,00 euros, con
el siguiente detalle:
PROGRAMA
EJERCICIO
IMPORTE
AMANECER
2021
136.940,00
ATARDECER
2021
40.000,00
APLICACIÓN
5031/326/48024
La forma de reparto aparece reflejada en el artículo 5 de la convocatoria.
Se subvencionarán tanto proyectos realizados durante el curso escolar 2020/2021, o
por períodos inferiores. Procediendo, en este último caso, a la asignación del importe proporcional, en base a los siguientes parámetros:
Quinto. Plazo presentacion solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de diez días hábiles desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Para concurrir a estas ayudas se deberá presentar el impreso de
solicitud correspondiente acompañado de la documentación necesaria (artículo 6) en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en cualquiera de sus registros auxiliares o
de forma telemática a través de los Registros Telemáticos de las Administraciones Públicas.
Se procederá al pago una vez concedida la subvención de forma definitiva.
En Fuenlabrada, a 1 de marzo de 2021.— El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala
Ortega.
(03/7.514/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210309-47
176.940,00
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 26 de febrero (urg.), por la que se
convocan las subvenciones para el Proyecto Amanecer/Atardecer. Curso 2020/2021.
BDNS: 551381
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las Asociaciones de Madres
y Padres de Alumnos de centros públicos (AMPA) con personalidad jurídica, legalmente
constituidas, debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades
Ciudadanas, así como los centros públicos de Educación Infantil y Primaria que vayan a
realizar o estén realizando la actividad objeto de esta convocatoria. Se trata de 37 centros
públicos de la localidad.
Segundo. Objeto.—Se trata de aminorar el importe a pagar en la cuota por las familias usuarias del servicio acogida a alumnos fuera del horario escolar en los colegios públicos de la localidad. Durante ese período se realizan actividades lúdicas y de descanso, encaminadas a satisfacer las necesidades de los niños y niñas que participan en el proyecto.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 176.740,00 euros, con
el siguiente detalle:
PROGRAMA
EJERCICIO
IMPORTE
AMANECER
2021
136.940,00
ATARDECER
2021
40.000,00
APLICACIÓN
5031/326/48024
La forma de reparto aparece reflejada en el artículo 5 de la convocatoria.
Se subvencionarán tanto proyectos realizados durante el curso escolar 2020/2021, o
por períodos inferiores. Procediendo, en este último caso, a la asignación del importe proporcional, en base a los siguientes parámetros:
Quinto. Plazo presentacion solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de diez días hábiles desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Para concurrir a estas ayudas se deberá presentar el impreso de
solicitud correspondiente acompañado de la documentación necesaria (artículo 6) en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en cualquiera de sus registros auxiliares o
de forma telemática a través de los Registros Telemáticos de las Administraciones Públicas.
Se procederá al pago una vez concedida la subvención de forma definitiva.
En Fuenlabrada, a 1 de marzo de 2021.— El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala
Ortega.
(03/7.514/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210309-47
176.940,00