Madrid número 2 (BOCM-20210309-115)
Procedimiento 52/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 57
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115
MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 52/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA DELGADO HUESO frente a INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA
SEGURIDAD SOCIAL Nº 061, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(TGSS), NEXAWAY MARKET SL y INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD
SOCIAL sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución:
ESTIMO parcialmente la demanda formulada por Dña ROSA MARÍA DELGADO
HUESO contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA
GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCISL, MUTUA FREMAP, NEXAWAY MARKET,
S.L., debo CONDENAR Y CONDENO a la empresa NEXAWAY MARKET, S.L., a que
abone a la actora la cantidad de 1.239,85 euros en concepto de diferencia prestaciones por
incapacidad temporal durante el periodo de 7/08/2018 a 28/02/2019 y la mutua FREMAP
al anticipo de la misma sin perjuicio de su derecho de repetición, y responsabilidad subsidiaria del INSS.
Debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones que contra ella se dirigen.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber a las mismas que frente a la misma no cabe interponer recurso alguno
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NEXAWAY MARKET
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210309-115
(03/5.184/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 57
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115
MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 52/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA DELGADO HUESO frente a INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA
SEGURIDAD SOCIAL Nº 061, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(TGSS), NEXAWAY MARKET SL y INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD
SOCIAL sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución:
ESTIMO parcialmente la demanda formulada por Dña ROSA MARÍA DELGADO
HUESO contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA
GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCISL, MUTUA FREMAP, NEXAWAY MARKET,
S.L., debo CONDENAR Y CONDENO a la empresa NEXAWAY MARKET, S.L., a que
abone a la actora la cantidad de 1.239,85 euros en concepto de diferencia prestaciones por
incapacidad temporal durante el periodo de 7/08/2018 a 28/02/2019 y la mutua FREMAP
al anticipo de la misma sin perjuicio de su derecho de repetición, y responsabilidad subsidiaria del INSS.
Debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones que contra ella se dirigen.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber a las mismas que frente a la misma no cabe interponer recurso alguno
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NEXAWAY MARKET
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
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