Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20210309-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
Pág. 219
c) Fotocopia del título de Doctor, Grado o Licenciado correspondiente al requisito de
titulación. Si se trata de un título expedido en el extranjero, habrá de aportarse
también la credencial de homologación.
d) “Curriculum vitae”, en el que se harán constar los títulos académicos que posean,
puestos de trabajo desempeñados y demás méritos y circunstancias que estimen
oportuno poner de manifiesto para acreditar la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del puesto, así como la capacidad de planificación y organización del trabajo.
El “curriculum vitae” deberá ir acompañado de la fotocopia de la documentación
acreditativa de los méritos y circunstancias alegadas, sin perjuicio de la posibilidad de requerir los originales para su cotejo.
La no aportación de la documentación enumerada en este apartado supondrá la exclusión de la persona participante en la convocatoria.
8. Listas de personas admitidas y excluidas
Aquellas personas que no figuren en la lista o hayan sido excluidas dispondrán de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente a la citada publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
La lista definitiva se aprobará por resolución del concejal-delegado de Organización y
Función Pública que será publicada igualmente en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (https://sede-electronica.
rivasciudad.es/oferta-empleo/).
9. Sistema de provisión y selección
El sistema de provisión es el de libre designación, atendiendo a los criterios que establece la normativa vigente.
Las personas participantes en la provisión del puesto de trabajo que se estimen más
idóneas podrán ser llamadas a la realización de una entrevista personal sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente estime
oportunas, pudiéndose requerir la acreditación de los méritos alegados mediante la exhibición de los documentos originales que así lo certifiquen, con el fin de determinar la idoneidad de la persona para el desempeño del puesto de trabajo.
La resolución del proceso de provisión se realizará por el órgano competente, previa fiscalización que acredite la consignación presupuestaria adecuada y suficiente. Dicha resolución será motivada atendiendo a los criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto
y se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/).
10. Plazo para tomar posesión
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la
Resolución en el tablón de anuncios municipal.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición ante el concejal-delegado en el término de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos
meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
BOCM-20210309-66
11. Régimen de impugnaciones
B.O.C.M. Núm. 57
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
Pág. 219
c) Fotocopia del título de Doctor, Grado o Licenciado correspondiente al requisito de
titulación. Si se trata de un título expedido en el extranjero, habrá de aportarse
también la credencial de homologación.
d) “Curriculum vitae”, en el que se harán constar los títulos académicos que posean,
puestos de trabajo desempeñados y demás méritos y circunstancias que estimen
oportuno poner de manifiesto para acreditar la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del puesto, así como la capacidad de planificación y organización del trabajo.
El “curriculum vitae” deberá ir acompañado de la fotocopia de la documentación
acreditativa de los méritos y circunstancias alegadas, sin perjuicio de la posibilidad de requerir los originales para su cotejo.
La no aportación de la documentación enumerada en este apartado supondrá la exclusión de la persona participante en la convocatoria.
8. Listas de personas admitidas y excluidas
Aquellas personas que no figuren en la lista o hayan sido excluidas dispondrán de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente a la citada publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
La lista definitiva se aprobará por resolución del concejal-delegado de Organización y
Función Pública que será publicada igualmente en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (https://sede-electronica.
rivasciudad.es/oferta-empleo/).
9. Sistema de provisión y selección
El sistema de provisión es el de libre designación, atendiendo a los criterios que establece la normativa vigente.
Las personas participantes en la provisión del puesto de trabajo que se estimen más
idóneas podrán ser llamadas a la realización de una entrevista personal sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente estime
oportunas, pudiéndose requerir la acreditación de los méritos alegados mediante la exhibición de los documentos originales que así lo certifiquen, con el fin de determinar la idoneidad de la persona para el desempeño del puesto de trabajo.
La resolución del proceso de provisión se realizará por el órgano competente, previa fiscalización que acredite la consignación presupuestaria adecuada y suficiente. Dicha resolución será motivada atendiendo a los criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto
y se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/).
10. Plazo para tomar posesión
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la
Resolución en el tablón de anuncios municipal.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición ante el concejal-delegado en el término de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos
meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
BOCM-20210309-66
11. Régimen de impugnaciones