Cádiz número 2 (BOCM-20210309-204)
Ejecución 99/2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 57
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
Pág. 461
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
204
CÁDIZ NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª. CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ, doy
fe y testimonio:
Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 99/2021, dimanante de autos
núm. 318/2020, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de JORGE BARRENA LAGOSTENA y RAUL RELINQUE LAGOSTENA contra ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONAL SL, habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva
son del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes,
derechos y acciones de la propiedad de la empresa demandada ALBANE TRANSPORTES
INTERNACIONALES S.L, en cantidad suficiente a cubrir la suma de:
Respecto a:
* D. JORGE BAENA LAGOSTENA:
- La cantidad 6.767,27 euros de principal.
- La cantidad de 1.082,76 euros de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.
* D. RAUL RELINQUE RAMIREZ:
- La cantidad 6.767,27 euros de principal.
- La cantidad de 1.082,76 euros de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.
TOTAL:
- PRINCIPAL:13.534,54 euros.
- INTERESES Y COSTAS: 2.165,52 euros, sin perjuicio de ulterior liquidación.
Debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en
cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del
depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. ELOY HERNANDEZ LAFUENTE, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE CADIZ. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO.-EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONAL SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que
BOCM-20210309-204
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse conforme al
art. 239 de la L.R.J.S.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 57
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
Pág. 461
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
204
CÁDIZ NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª. CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ, doy
fe y testimonio:
Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 99/2021, dimanante de autos
núm. 318/2020, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de JORGE BARRENA LAGOSTENA y RAUL RELINQUE LAGOSTENA contra ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONAL SL, habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva
son del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes,
derechos y acciones de la propiedad de la empresa demandada ALBANE TRANSPORTES
INTERNACIONALES S.L, en cantidad suficiente a cubrir la suma de:
Respecto a:
* D. JORGE BAENA LAGOSTENA:
- La cantidad 6.767,27 euros de principal.
- La cantidad de 1.082,76 euros de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.
* D. RAUL RELINQUE RAMIREZ:
- La cantidad 6.767,27 euros de principal.
- La cantidad de 1.082,76 euros de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.
TOTAL:
- PRINCIPAL:13.534,54 euros.
- INTERESES Y COSTAS: 2.165,52 euros, sin perjuicio de ulterior liquidación.
Debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en
cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del
depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. ELOY HERNANDEZ LAFUENTE, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE CADIZ. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO.-EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONAL SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que
BOCM-20210309-204
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse conforme al
art. 239 de la L.R.J.S.