Colmenar Viejo número 2 (BOCM-20210308-69)
Procedimiento 780/2012
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 56

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
69

COLMENAR VIEJO NÚMERO 2
EDICTO

En el presente procedimiento 780/2012, seguido a instancias de Banque PSA Finance,
sucursal en España, frente a Mohamed El Bousikhani, se ha dictado sentencia, cuyo tenor
literal es el siguiente:
Sentencia
En Colmenar Viejo, a 10 de julio de 2015.—Vistos por mí, Sonia Agudo Torrijos, magistrada del Juzgado de primera instancia número 2 de esta localidad, los presentes autos de
juicio verbal número 780/2012, promovido por Banque PSA Finance, sucursal en España,
como demandante, representado por el procurador Sr. Pomares Ayala, contra D. Mohamed
El Bousikhani, en reclamación de cantidad, atendiendo a los siguientes.
Fallo

BOCM-20210308-69

Que estimando la demanda interpuesta por Banque PSA Finance, sucursal en España,
como demandante, representado por el procurador Sr. Pomares Ayala, contra D. Mohamed
El Bousikhani, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de
quince mil setecientos treinta y ocho euros con cuarenta y ocho céntimos (15.738,48 euros),
más los intereses moratorios legales desde la interposición de la demanda; todo ello, con
condena en costas para el demandado.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
recurso de apelación, que deberá interponerse en el plazo de veinte días, a contar desde el
día siguiente a su notificación.
Así, por esta mi sentencia, de la que llevará certificación a los autos, lo pronuncio,
mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Mohamed El Bousikhani, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Colmenar Viejo, a 28 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/11.824/16)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791