Málaga número 6 (BOCM-20210308-152)
Procedimiento 606/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021
Pág. 411
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
152
MÁLAGA NÚMERO 6
EDICTO
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE
MALAGA.
HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 606/2019, sobre
Procedimiento Ordinario, a instancia de FÉLIX ALBERTO MALAGÓN LUQUE contra
ROYAL PREMIER CATERING, S.L., ASSET MANAGERS GESTIÓN TURÍSTICA,
S.L.U., ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR, S.A., PLANET HOTELES,
S.A., ROYAL ROMANA PLAYA, S.A., LAVANDERÍA TURÍSTICA DEL SUR, S.L.,
ROYAL PREMIER HOTELES, S.A., ROYAL AL ANDALUS, S.A. (HOTEL AL ANDALUS), SEGETUR, S.A., HACIENDA REAL LOS OLIVOS, S.A., GESTORA BLUE
SEA S.A. y NEW PROMISE S.L., en la que con fecha 10/02/2021 se ha dictado SENTENCIA que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA nº 52/2021
En Málaga, a diez de febrero de dos mil veintiuno.—Vistos por Dª Victoria Gallego
Funes Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes
autos número 606/2019 seguidos a instancia de D. FELIX ALBERTO MALAGON LUQUE, asistido por Letrado Sr. Gutiérrez Castillo, frente a la entidad ROYAL AL ANDALUS S.A ; PLANET HOTELES S.A. ; ROYAL PREMIER HOTELES S.A., representados
por Graduada Sra. Bueno González ; GESTORA BLUE SEA, S.A y NEW PROMISE, S.L.
ambas representadas por Letrado Sr. Rios Galacho, ARRENDAMIENTOS HOTELEROS
DEL SUR S.A. ; ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA, S.L.U.; ROYAL ROMANA PLAYA, S.A, HACIENDA REAL LOS OLIVOS S.A. ; LAVANDERIA TURISTICA
DEL SUR S.L. ; ROYAL PREMIER CATERING, S.L; SEGETUR S.A, que no comparecen sobre Reclamacion de cantidad.
FALLO
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía /Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de
trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en la cuenta de este Juzgado, presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 300,00
euros. en la CC, del referido banco, presentando ambos resguardos de depósitos en la Secretaría del Juzgado al tiempo anunciar el recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
BOCM-20210308-152
1º) Que estimando la demanda interpuesta por D. FELIX ALBERTO MALAGON
LUQUE frente a la entidad ROYAL AL ANDALUS S.A ; PLANET HOTELES S.A. ROYAL PREMIER HOTELES S.A., ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR S.A. ;
ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA, S.L.U.; ROYAL ROMANA PLAYA.
S.A., ROYAL PREMIER CATERING, S.L, HACIENDA REAL LOS OLIVOS S.A. ; LAVANDERIA TURISTICA DEL SUR S.L. ; SEGETUR S.A, sobre reclamacion de cantidad, debo condenar a los demandados de forma solidaria a abonar a la parte actora la cantidad de 10.212,33 euros, mas el interés moratorio del 10%.
2º) Que debo condenar a GESTORA BLUE SEA, S.A y NEW PROMISE, S.L. a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, respecto a la primera solo y exclusivamente
como administradora y tenedora de los inmuebles del centro de trabajo; y respecto a la segunda solo y exclusivamente como administradora auxiliar designada judicialmente.
B.O.C.M. Núm. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021
Pág. 411
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
152
MÁLAGA NÚMERO 6
EDICTO
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE
MALAGA.
HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 606/2019, sobre
Procedimiento Ordinario, a instancia de FÉLIX ALBERTO MALAGÓN LUQUE contra
ROYAL PREMIER CATERING, S.L., ASSET MANAGERS GESTIÓN TURÍSTICA,
S.L.U., ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR, S.A., PLANET HOTELES,
S.A., ROYAL ROMANA PLAYA, S.A., LAVANDERÍA TURÍSTICA DEL SUR, S.L.,
ROYAL PREMIER HOTELES, S.A., ROYAL AL ANDALUS, S.A. (HOTEL AL ANDALUS), SEGETUR, S.A., HACIENDA REAL LOS OLIVOS, S.A., GESTORA BLUE
SEA S.A. y NEW PROMISE S.L., en la que con fecha 10/02/2021 se ha dictado SENTENCIA que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA nº 52/2021
En Málaga, a diez de febrero de dos mil veintiuno.—Vistos por Dª Victoria Gallego
Funes Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes
autos número 606/2019 seguidos a instancia de D. FELIX ALBERTO MALAGON LUQUE, asistido por Letrado Sr. Gutiérrez Castillo, frente a la entidad ROYAL AL ANDALUS S.A ; PLANET HOTELES S.A. ; ROYAL PREMIER HOTELES S.A., representados
por Graduada Sra. Bueno González ; GESTORA BLUE SEA, S.A y NEW PROMISE, S.L.
ambas representadas por Letrado Sr. Rios Galacho, ARRENDAMIENTOS HOTELEROS
DEL SUR S.A. ; ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA, S.L.U.; ROYAL ROMANA PLAYA, S.A, HACIENDA REAL LOS OLIVOS S.A. ; LAVANDERIA TURISTICA
DEL SUR S.L. ; ROYAL PREMIER CATERING, S.L; SEGETUR S.A, que no comparecen sobre Reclamacion de cantidad.
FALLO
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía /Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de
trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en la cuenta de este Juzgado, presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 300,00
euros. en la CC, del referido banco, presentando ambos resguardos de depósitos en la Secretaría del Juzgado al tiempo anunciar el recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
BOCM-20210308-152
1º) Que estimando la demanda interpuesta por D. FELIX ALBERTO MALAGON
LUQUE frente a la entidad ROYAL AL ANDALUS S.A ; PLANET HOTELES S.A. ROYAL PREMIER HOTELES S.A., ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR S.A. ;
ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA, S.L.U.; ROYAL ROMANA PLAYA.
S.A., ROYAL PREMIER CATERING, S.L, HACIENDA REAL LOS OLIVOS S.A. ; LAVANDERIA TURISTICA DEL SUR S.L. ; SEGETUR S.A, sobre reclamacion de cantidad, debo condenar a los demandados de forma solidaria a abonar a la parte actora la cantidad de 10.212,33 euros, mas el interés moratorio del 10%.
2º) Que debo condenar a GESTORA BLUE SEA, S.A y NEW PROMISE, S.L. a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, respecto a la primera solo y exclusivamente
como administradora y tenedora de los inmuebles del centro de trabajo; y respecto a la segunda solo y exclusivamente como administradora auxiliar designada judicialmente.