Fuenlabrada número 3 (BOCM-20210308-62)
Procedimiento 267/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 56

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
62

FUENLABRADA NÚMERO 3
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 267/2020, a
instancias de Gramina Homes, S. L., contra ignorados ocupantes de la calle Olivo, número 5, 2.o-1, de Humanes, en reclamación de 96.704 euros, en cuyos autos se ha dictado el
encabezamiento y fallo de la sentencia, que son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 117/2020
En Fuenlabrada (Madrid), a 13 de noviembre de 2020.—Vistos por mí, don José Antonio Tejero Redondo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de
Fuenlabrada (Madrid), los presentes autos de juicio verbal para desahucio por precario, seguidos ante este Juzgado por las partes arriba reseñadas:
Fallo

BOCM-20210308-62

Estimar totalmente la demanda formulada por el procurador, don Mauricio Gordillo, en
nombre y representación de Gramina Homes, S. L., frente a los ignorados ocupantes; y, por
ello, debo declarar que los anteriores ocupan la vivienda sita en la calle Olivo, número 5-2.o-1
de Humanes de Madrid, sin título ni renta y en situación de precario, y por ende, declarar el
desahucio de tal finca y condenar a los demandados ignorados ocupantes y los autorizados
por los mismos a dejar voluntariamente libre, vacuo y expedito el citado inmueble, sin perjuicio de procederse de manera forzosa en trámite de ejecución de sentencia en caso de resultar firme la presente resolución, y sin perjuicio de las facultades de la ilustrísima señora
letrada de la Administración de Justicia, al amparo del artículo 704.1.o de la LEC.
Las costas procesales causadas en esta instancia serán sufragadas por la parte demandada.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la anterior cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución
por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2402-0000-00-0267-20, de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario”, Juzgado de primera Instancia número 3 de Fuenlabrada, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2402-0000-00-0267-20.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a los ignorados ocupantes de la calle Olivo, número 5,
piso 2.o-1, de Humanes de Madrid, expido y firmo la presente.
En Fuenlabrada, a 25 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/3.889/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791