Madrid número 3 (BOCM-20210308-79)
Procedimiento 108/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021

Pág. 329

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
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MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 108/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SAID EL HADDOUCHI frente a TRABAJOS DE POCERIA
POZOPOL SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº 14/2021
En Madrid a veintiuno de enero de dos mil veintiuno.
FALLO
ESTIMAR la demanda formulada por don Said El Haddouchi frente a la empresa Trabajos de Pocería Pozopol, con condena de la demandada al abono de la cantidad de 4.266,33
euros en concepto de salarios adeudados con los intereses por mora del art. 29.3 Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores ya aplicados.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2501-0000-00-0108-19 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido
condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar
el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere
una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez
le sea comunicada por el Juzgado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRABAJOS DE POCERIA POZOPOL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a veintidós de enero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.005/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210308-79

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.