Madrid número 12 (BOCM-20210308-101)
Procedimiento 1075/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 56
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Montserrat Torrente Muñoz, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1075/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ION PARASCHIV, frente a RODRIMONTO SL sobre Despidos /
Ceses en general se ha dictado sentencia, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Y para que sirva de notificación en legal forma a RODRIMONTO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.854/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210308-101
Que, estimando la demanda interpuesta por D. Ion Paraschiv frente a Rodrimonto, S. L.,
debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la demandada, en el
plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia, a readmitir a la actora con el
abono de los salarios de tramitación previstos en el artículo 56.1.b ET, o bien, a su elección,
a indemnizarle, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.1.a ET, con la cantidad
de 1.320,29 euros.
Asimismo, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la
cantidad de 13460,4 euros, cantidad a la que será de aplicación el interés moratorio establecido en el artículo 29.3 ET.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-61-1075-20 del BANCO SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO SANTANDER o presentar aval de
duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo
importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO SANTANDER. Para ello ha de
seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el NIF/CIF de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2510-0000-61-1075-20.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 56
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Montserrat Torrente Muñoz, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1075/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ION PARASCHIV, frente a RODRIMONTO SL sobre Despidos /
Ceses en general se ha dictado sentencia, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Y para que sirva de notificación en legal forma a RODRIMONTO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.854/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210308-101
Que, estimando la demanda interpuesta por D. Ion Paraschiv frente a Rodrimonto, S. L.,
debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la demandada, en el
plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia, a readmitir a la actora con el
abono de los salarios de tramitación previstos en el artículo 56.1.b ET, o bien, a su elección,
a indemnizarle, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.1.a ET, con la cantidad
de 1.320,29 euros.
Asimismo, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la
cantidad de 13460,4 euros, cantidad a la que será de aplicación el interés moratorio establecido en el artículo 29.3 ET.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-61-1075-20 del BANCO SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO SANTANDER o presentar aval de
duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo
importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO SANTANDER. Para ello ha de
seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el NIF/CIF de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2510-0000-61-1075-20.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.