C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210305-21)
Tarifa agua – Acuerdo de 17 de febrero de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Arganda del Rey, con destino a la financiación de obras de construcción de infraestructuras hidráulicas
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BOCM
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 54
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
21
ACUERDO de 17 de febrero de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de
Arganda del Rey, con destino a la financiación de obras de construcción de infraestructuras hidráulicas.
Con fecha de 30 de noviembre de 2020 se celebró el Convenio para la ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea, en el municipio de Arganda del Rey, con cargo
a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Arganda del Rey, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., derivado del Convenio de 25 de enero de 2012, para la prestación del
servicio de alcantarillado en el municipio.
En la estipulación primera del citado Convenio de 30 de noviembre de 2020 se establece que las obras hidráulicas previstas en el mismo a ejecutar en el municipio de Arganda del Rey se financiarán con cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria, a aplicar
junto con la tarifa de alcantarillado, cuyo importe será, según establece la estipulación cuarta, de 0,23 euros por metro cúbico consumido, que será actualizado automáticamente conforme a las variaciones que se produzcan anualmente en las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.
La cuantía de la cuota suplementaria que contempla el Convenio celebrado con el municipio de Arganda del Rey ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, tal y como establece el artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, aprobado
por Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984,
de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 17
de febrero de 2021,
ACUERDA
Primero
Aprobar una cuota suplementaria de 0,23 euros por metro cúbico consumido en la tarifa de alcantarillado del municipio de Arganda del Rey, con destino a la financiación de las
obras de ejecución de infraestructuras hidráulicas previstas en el Convenio suscrito entre
Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., y dicho municipio el 30 de noviembre de 2020,
variando dicha cuota, automáticamente, en el mismo porcentaje que anualmente se establezca para las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se
informará del presente Acuerdo a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid y
se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de febrero de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
(03/6.256/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210305-21
Segundo
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
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ACUERDO de 17 de febrero de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de
Arganda del Rey, con destino a la financiación de obras de construcción de infraestructuras hidráulicas.
Con fecha de 30 de noviembre de 2020 se celebró el Convenio para la ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea, en el municipio de Arganda del Rey, con cargo
a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Arganda del Rey, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., derivado del Convenio de 25 de enero de 2012, para la prestación del
servicio de alcantarillado en el municipio.
En la estipulación primera del citado Convenio de 30 de noviembre de 2020 se establece que las obras hidráulicas previstas en el mismo a ejecutar en el municipio de Arganda del Rey se financiarán con cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria, a aplicar
junto con la tarifa de alcantarillado, cuyo importe será, según establece la estipulación cuarta, de 0,23 euros por metro cúbico consumido, que será actualizado automáticamente conforme a las variaciones que se produzcan anualmente en las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.
La cuantía de la cuota suplementaria que contempla el Convenio celebrado con el municipio de Arganda del Rey ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, tal y como establece el artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, aprobado
por Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984,
de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 17
de febrero de 2021,
ACUERDA
Primero
Aprobar una cuota suplementaria de 0,23 euros por metro cúbico consumido en la tarifa de alcantarillado del municipio de Arganda del Rey, con destino a la financiación de las
obras de ejecución de infraestructuras hidráulicas previstas en el Convenio suscrito entre
Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., y dicho municipio el 30 de noviembre de 2020,
variando dicha cuota, automáticamente, en el mismo porcentaje que anualmente se establezca para las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se
informará del presente Acuerdo a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid y
se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de febrero de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
(03/6.256/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210305-21
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