Madrid número 24 (BOCM-20210305-135)
Procedimiento 821/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 380
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 54
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
135
MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 821/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don Mykhailo Opanasyk, frente a Instrucciones Innova, S. L., sobre
procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
BOCM-20210305-135
Estimo la demanda formulada por don Mykhailo Opanasyk, contra Instrucciones Innova, S. L., y, en consecuencia, condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 5.121,40
euros, con el recargo del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores respecto de los conceptos salariales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de
los cinco días siguientes a la notificación de la misma de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la
Jurisdicción Social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de
justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de
la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado
en la entidad Banco Santander, en la c.c.c. 0049-3569-92-0005001274, y al concepto clave 2522000000082119. Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de
justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito
de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada
cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Instrucciones Innova, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 10 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/4.836/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 380
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VIERNES 5 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 54
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
135
MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 821/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don Mykhailo Opanasyk, frente a Instrucciones Innova, S. L., sobre
procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
BOCM-20210305-135
Estimo la demanda formulada por don Mykhailo Opanasyk, contra Instrucciones Innova, S. L., y, en consecuencia, condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 5.121,40
euros, con el recargo del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores respecto de los conceptos salariales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de
los cinco días siguientes a la notificación de la misma de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la
Jurisdicción Social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de
justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de
la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado
en la entidad Banco Santander, en la c.c.c. 0049-3569-92-0005001274, y al concepto clave 2522000000082119. Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de
justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito
de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada
cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Instrucciones Innova, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 10 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/4.836/21)
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ISSN 1989-4791