B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210305-3)
Plan de formación – Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para 2021 y se abre el plazo de presentación de solicitudes de participación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54
VIERNES 5 DE MARZO DE 2021
Pág. 29
Estas nuevas propuestas se trasladarán a la Mesa Paritaria de Formación y a la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad de Madrid, para su aprobación.
2. Asimismo, en aquellos supuestos en los que, tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, concurran razones de interés para el servicio que hagan necesaria
o urgente la participación, en cualquiera de los cursos incluidos en el plan de formación, de
personal integrado en el ámbito de aplicación de este, la Dirección General de Función Pública podrá adoptar las medidas oportunas para atender esta necesidad. En su caso, corresponderá a cada Secretario General Técnico, Director General, Gerente de Organismo Autónomo o equivalente, comunicar a la Dirección General de Función Pública las razones
que justifican la solicitud.
Vigesimocuarto
Información y consultas
Para obtener una información pormenorizada acerca de las acciones formativas integradas en el plan de formación, así como en relación al resto de actividades desarrolladas
por la Dirección General de Función Pública en esta materia, se podrá:
a) Acceder desde intranet: Portal Corporativo/Formación/Dirección General de Función Pública/Plan de Formación.
b) Acceder a internet: www.Madrid.org/Acción de Gobierno/Espacios Profesionales/Empleados Públicos/Plan de Formación.
c) Acceder al Campus de Aprendizaje de la Comunidad de Madrid (forMadrid).
d) Contactar con los coordinadores de Formación de las diferentes Consejerías y Organismos en los números de teléfono y direcciones que se contienen en el Anexo IV.
VII. Parte final
Vigesimoquinto
Efectos
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 15 de febrero de 2021.—La Directora General de Función Pública, María
José Esteban Raposo.
ANEXO I
PROYECTO DE AUTOFORMACIÓN
Primero
1. El presente anexo tiene por objeto establecer las modalidades, contenidos, metodología y efectos del proyecto de autoformación, concebido como una herramienta innovadora que desarrolla y complementa la oferta formativa reglada.
2. El proyecto de autoformación tiene como finalidad fomentar el aprendizaje autónomo a través del uso de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
En particular, este proyecto responde a los siguientes objetivos:
a) Facilitar la adecuación del proceso formativo a las necesidades individualizadas
de sus destinatarios.
b) Promover la participación de los empleados públicos en la dirección de su propio
proceso de aprendizaje, asumiendo un papel proactivo en el mismo.
c) Fomentar la conciliación de la vida personal y familiar con la formación de los
empleados públicos.
d) Incrementar las posibilidades de acceso de todos los empleados públicos al proceso
formativo, superando las limitaciones en el número de destinatarios, horarios, plazos y desplazamientos, impuestas por las modalidades de impartición tradicionales.
e) En suma, contribuir a la definición de un modelo formativo abierto, flexible y personalizado, fundado en una decidida orientación por la formación continua del
personal al servicio de la Administración autonómica, a partir de las potencialidades ofrecidas por las nuevas tecnologías aplicadas a la formación.
BOCM-20210305-3
Objeto y fines
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54
VIERNES 5 DE MARZO DE 2021
Pág. 29
Estas nuevas propuestas se trasladarán a la Mesa Paritaria de Formación y a la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad de Madrid, para su aprobación.
2. Asimismo, en aquellos supuestos en los que, tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, concurran razones de interés para el servicio que hagan necesaria
o urgente la participación, en cualquiera de los cursos incluidos en el plan de formación, de
personal integrado en el ámbito de aplicación de este, la Dirección General de Función Pública podrá adoptar las medidas oportunas para atender esta necesidad. En su caso, corresponderá a cada Secretario General Técnico, Director General, Gerente de Organismo Autónomo o equivalente, comunicar a la Dirección General de Función Pública las razones
que justifican la solicitud.
Vigesimocuarto
Información y consultas
Para obtener una información pormenorizada acerca de las acciones formativas integradas en el plan de formación, así como en relación al resto de actividades desarrolladas
por la Dirección General de Función Pública en esta materia, se podrá:
a) Acceder desde intranet: Portal Corporativo/Formación/Dirección General de Función Pública/Plan de Formación.
b) Acceder a internet: www.Madrid.org/Acción de Gobierno/Espacios Profesionales/Empleados Públicos/Plan de Formación.
c) Acceder al Campus de Aprendizaje de la Comunidad de Madrid (forMadrid).
d) Contactar con los coordinadores de Formación de las diferentes Consejerías y Organismos en los números de teléfono y direcciones que se contienen en el Anexo IV.
VII. Parte final
Vigesimoquinto
Efectos
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 15 de febrero de 2021.—La Directora General de Función Pública, María
José Esteban Raposo.
ANEXO I
PROYECTO DE AUTOFORMACIÓN
Primero
1. El presente anexo tiene por objeto establecer las modalidades, contenidos, metodología y efectos del proyecto de autoformación, concebido como una herramienta innovadora que desarrolla y complementa la oferta formativa reglada.
2. El proyecto de autoformación tiene como finalidad fomentar el aprendizaje autónomo a través del uso de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
En particular, este proyecto responde a los siguientes objetivos:
a) Facilitar la adecuación del proceso formativo a las necesidades individualizadas
de sus destinatarios.
b) Promover la participación de los empleados públicos en la dirección de su propio
proceso de aprendizaje, asumiendo un papel proactivo en el mismo.
c) Fomentar la conciliación de la vida personal y familiar con la formación de los
empleados públicos.
d) Incrementar las posibilidades de acceso de todos los empleados públicos al proceso
formativo, superando las limitaciones en el número de destinatarios, horarios, plazos y desplazamientos, impuestas por las modalidades de impartición tradicionales.
e) En suma, contribuir a la definición de un modelo formativo abierto, flexible y personalizado, fundado en una decidida orientación por la formación continua del
personal al servicio de la Administración autonómica, a partir de las potencialidades ofrecidas por las nuevas tecnologías aplicadas a la formación.
BOCM-20210305-3
Objeto y fines