San Sebastián de los Reyes (BOCM-20210305-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 54

Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con
dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de
cualquier clase.
2. Requisitos de los/as aspirantes
2.1. Para la admisión.—Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas,
las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Hallarse en situación administrativa de servicio activo o servicios especiales, en la
categoría de Policía.
b) Ser funcionario/a de carrera de la categoría de Policía de cualquier Cuerpo de Policía Local de la Comunidad de Madrid con una antigüedad mínima de tres años
como personal funcionario en la categoría y no faltarles menos de cinco años para
alcanzar los cincuenta y cinco, edad de pase a la segunda actividad. A estos efectos, se computará el tiempo que se haya permanecido en situación de segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural. Todo ello según se establece en los artículos 47 y 42.1 b) de la Ley 1/2018, de 22 de febrero,
de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
c) No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
d) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema
acceso de movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller, técnico o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ser considerado apto
para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
h) No hallarse en situación de separación mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
para el acceso al cuerpo o escala de la función pública en la que se hubiese producido la separación o inhabilitación.
i) Carecer de antecedentes penales.
j) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos
previstos en la Ley (Anexo II).
No obstante a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al/a la interesado/a, deberá
emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación
a los efectos pertinentes.
Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos
que procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera
conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el
cual será evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para
resolver. De esta actuación se dará conocimiento al/a la interesado/a, al objeto de que pueda
formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende
que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del/de la interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano
competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID