Nuevo Baztán (BOCM-20201008-58)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 185
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
NUEVO BAZTÁN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid) por los que se aprueban provisionalmente las modificaciones de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogidas de basuras, la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y la
ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de tributos de pago periódico.
El Pleno del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid), en sesión ordinaria celebrada
con fecha 17 de septiembre de 2020, acuerda la aprobación provisional de la modificación
de las siguientes ordenanzas fiscales:
BOCM-20201008-58
— Ordenanza fiscal Reguladora de la Tasa por Recogidas de Basuras (expediente número GI/OR/7/2020).
— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles (expediente número GI/OR/6/2020).
— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
(expediente número GI/OR/5/2020).
— Ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de tributos de pago periódico
(expediente número GI/OR/1/2020).
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Nuevo Baztán, a 29 de septiembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Gema Pacheco
Huecas.
(03/24.208/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 245
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JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 185
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
NUEVO BAZTÁN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid) por los que se aprueban provisionalmente las modificaciones de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogidas de basuras, la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y la
ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de tributos de pago periódico.
El Pleno del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid), en sesión ordinaria celebrada
con fecha 17 de septiembre de 2020, acuerda la aprobación provisional de la modificación
de las siguientes ordenanzas fiscales:
BOCM-20201008-58
— Ordenanza fiscal Reguladora de la Tasa por Recogidas de Basuras (expediente número GI/OR/7/2020).
— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles (expediente número GI/OR/6/2020).
— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
(expediente número GI/OR/5/2020).
— Ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de tributos de pago periódico
(expediente número GI/OR/1/2020).
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Nuevo Baztán, a 29 de septiembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Gema Pacheco
Huecas.
(03/24.208/20)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791