Torremocha de Jarama (BOCM-20201008-61)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 245
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
TORREMOCHA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20201008-61
El Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión ordinaria que celebra el día 1 de octubre
de 2020, acuerda la aprobación provisional de la ordenanza fiscal de la tasa de recogida domiciliaria de basura y RSU.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar dicho expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://torremochadejarama.sedelectronica.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Torremocha de Jarama, a 5 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Carlos Rivera
Rivera.
(03/25.342/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 245
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AYUNTAMIENTO DE
61
TORREMOCHA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20201008-61
El Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión ordinaria que celebra el día 1 de octubre
de 2020, acuerda la aprobación provisional de la ordenanza fiscal de la tasa de recogida domiciliaria de basura y RSU.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar dicho expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://torremochadejarama.sedelectronica.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Torremocha de Jarama, a 5 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Carlos Rivera
Rivera.
(03/25.342/20)
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