Madrid (BOCM-20201008-48)
Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 245

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

BOCM-20201008-48

Resolución de 7 de octubre de 2020, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión
definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas convocadas por decreto de 21 de diciembre de 2018, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por
el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2018 con destino a la adquisición de vivienda de realojo por razones sociales derivado de la expropiación en el ámbito
APR 06.02 “Paseo de la Dirección”.
De acuerdo con el artículo 21.2 del decreto de 21 de diciembre de 2018, del delegado
del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2018 con destino a la adquisición de vivienda de realojo por
razones sociales derivado de la expropiación en el ámbito APR 06.02 “Paseo de la Dirección”, debe procederse a la notificación de la resolución definitiva de concesión a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en este
último, junto con su anexo.
En las fechas que se indican en cada caso, el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano ha dictado resolución definitiva de concesión de subvención para cada uno
de los beneficiarios del Anexo, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de
concesión definitiva (anexo publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”,
https://sede.madrid.es). El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Servicio de Rehabilitación
del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, número 21, 28042 Madrid.
Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, según dispone el artículo 28.4 de la
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de fecha 30 de octubre de 2013, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que
la dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o, directamente, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados
puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 7 de octubre de 2020.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y
Regeneración, Isabel Calzas Hernández.
(01/25.687/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791