B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20201008-16)
Puesto libre designación – Orden de 30 de septiembre de 2020, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 25 de junio de 2020, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de julio), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 245
Tercero
Recursos
BOCM-20201008-16
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 30 de septiembre de 2020.—El Consejero de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad, P. D. (Orden 92/2020, de 4 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2020), el Secretario General Técnico, Salvador
Sanz Iglesia.
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 245
Tercero
Recursos
BOCM-20201008-16
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 30 de septiembre de 2020.—El Consejero de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad, P. D. (Orden 92/2020, de 4 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2020), el Secretario General Técnico, Salvador
Sanz Iglesia.