Madrid número 41 (BOCM-20201008-116)
Ejecución 176/2018
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 271
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
116
MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 41 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 176/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D. JUAN BAUTISTA PÉREZ GARCÍA frente a PROTEO GESTIÓN S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.531,43 EUROS de principal; 1.205,05 euros de intereses y 1.205,05 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado PROTEO GESTIÓN S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROTEO GESTIÓN
S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201008-116
(03/22.704/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 271
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
116
MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 41 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 176/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D. JUAN BAUTISTA PÉREZ GARCÍA frente a PROTEO GESTIÓN S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.531,43 EUROS de principal; 1.205,05 euros de intereses y 1.205,05 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado PROTEO GESTIÓN S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROTEO GESTIÓN
S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201008-116
(03/22.704/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791