Madrid (BOCM-20201007-67)
Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 214/2020
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 128
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
67
MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana María López-Medel Bascones, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid - Sección número 4 de lo Social.
Hago saber: Que en el procedimiento 214/2020 de esta Sección de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARIA DEL CARMEN MOYA OSUNA frente a ESET SERVICIOS AUXILIARES SA, AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, MUNDA INGENIEROS SL y SERVICIOS PROFESIONALES Y PROYECTOS SL sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente
resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES
En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil veinte
El letrado D./Dña. CESAR MARTINEZ PONTEJO, en nombre y representación de
D./Dña. MARIA DEL CARMEN MOYA OSUNA ha presentado escrito de interposición
de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas
certificaciones de sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la
L.R.J.S. Estando pendiente de su aportación por la parte recurrente.
ACUERDO:
- Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de
doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado,
ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.
- Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica
con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.
Deberá la parte recurrente aportar testimonio de la sentencia propuesta de contraste,
con expresión de su firmeza, una vez obre en su poder, a la mayor brevedad posible.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual se llevará a
efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187
LRJS).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a MUNDA INGENIEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20201007-67
Notifíquese a las partes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 128
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
67
MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana María López-Medel Bascones, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid - Sección número 4 de lo Social.
Hago saber: Que en el procedimiento 214/2020 de esta Sección de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARIA DEL CARMEN MOYA OSUNA frente a ESET SERVICIOS AUXILIARES SA, AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, MUNDA INGENIEROS SL y SERVICIOS PROFESIONALES Y PROYECTOS SL sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente
resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES
En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil veinte
El letrado D./Dña. CESAR MARTINEZ PONTEJO, en nombre y representación de
D./Dña. MARIA DEL CARMEN MOYA OSUNA ha presentado escrito de interposición
de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas
certificaciones de sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la
L.R.J.S. Estando pendiente de su aportación por la parte recurrente.
ACUERDO:
- Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de
doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado,
ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.
- Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica
con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.
Deberá la parte recurrente aportar testimonio de la sentencia propuesta de contraste,
con expresión de su firmeza, una vez obre en su poder, a la mayor brevedad posible.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual se llevará a
efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187
LRJS).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a MUNDA INGENIEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20201007-67
Notifíquese a las partes.