Fuenlabrada número 3 (BOCM-20201007-78)
Procedimiento 745/2019
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BOCM
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
78
FUENLABRADA NÚMERO 3
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal precario número 745/2019, a instancias de SAREB, S. A., contra ignorados ocupantes de la calle Extremadura, número 75, planta S1, plaza T-16, en cuyos autos se ha dictado la sentencia, cuyo
encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguientes:
Sentencia número 49/2020
Fuenlabrada, a 8 de junio de 2020.—El juez/magistrado-juez, don José Antonio Tejero
Redondo.
Demandante: SAREB, S. A., con procuradora, señor Jiménez López y letrada, señora
Herrero Gómez (según demanda).
Demandados: ignorados ocupantes, con procurador/a demandado 1.o, … y letrado/a
demandado 1.o, …
En Fuenlabrada, a 8 de junio de 2020.—Vistos por mí, don José Antonio Tejero Redondo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada
(Madrid), los presentes autos de juicio verbal para desahucio por precario seguidos ante este
Juzgado por las partes anteriormente reseñadas.
Fallo
BOCM-20201007-78
Desestimar totalmente la demanda formulada por el procurador señor Abajo Abril,
posteriormente sustituido por el procurador señor Jiménez López, en nombre y representación de SAREB, S. A., frente a los ignorados ocupantes debiendo absolver a estos últimos.
Las costas procesales causadas en esta instancia serán sufragadas por la parte demandante.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E.
Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2402-0000-00-0745-19
de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2402-0000-00-0745-19.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a los ignorados ocupantes de la calle Extremadura, número 75, planta S1, plaza T16, de Fuenlabrada, expido el presente.
Fuenlabrada, a 31 de julio de 2020.—El letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/24.130/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 140
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MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
78
FUENLABRADA NÚMERO 3
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal precario número 745/2019, a instancias de SAREB, S. A., contra ignorados ocupantes de la calle Extremadura, número 75, planta S1, plaza T-16, en cuyos autos se ha dictado la sentencia, cuyo
encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguientes:
Sentencia número 49/2020
Fuenlabrada, a 8 de junio de 2020.—El juez/magistrado-juez, don José Antonio Tejero
Redondo.
Demandante: SAREB, S. A., con procuradora, señor Jiménez López y letrada, señora
Herrero Gómez (según demanda).
Demandados: ignorados ocupantes, con procurador/a demandado 1.o, … y letrado/a
demandado 1.o, …
En Fuenlabrada, a 8 de junio de 2020.—Vistos por mí, don José Antonio Tejero Redondo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada
(Madrid), los presentes autos de juicio verbal para desahucio por precario seguidos ante este
Juzgado por las partes anteriormente reseñadas.
Fallo
BOCM-20201007-78
Desestimar totalmente la demanda formulada por el procurador señor Abajo Abril,
posteriormente sustituido por el procurador señor Jiménez López, en nombre y representación de SAREB, S. A., frente a los ignorados ocupantes debiendo absolver a estos últimos.
Las costas procesales causadas en esta instancia serán sufragadas por la parte demandante.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E.
Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2402-0000-00-0745-19
de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2402-0000-00-0745-19.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a los ignorados ocupantes de la calle Extremadura, número 75, planta S1, plaza T16, de Fuenlabrada, expido el presente.
Fuenlabrada, a 31 de julio de 2020.—El letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/24.130/20)
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ISSN 1989-4791