Vigo número 6 (BOCM-20201007-196)
Procedimiento 463/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
196
JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO 6
EDICTO
Dª. MARTA LAMAS ALONSO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE VIGO.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D. EDUARDO EIRE FRANCO contra las entidades TELENET TECHNOLOGY, S.L., CELULARNET, S.L., SESTERCIO E-COMERCE S.L., 360 REPAIR SOLUTIONS, S.A., GOFESEL, S.L., AMABI MANAGEMENT GROUP, S.L.,
THE SERVICE GROUP PROCEDO, S.L., en reclamación por DESPIDO, registrado con
el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL 463/2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo
que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a la entidad GOFESEL, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 1/3/2021 para la celebración de los actos de conciliación (10:15 horas en Travesía da Coruña nº 2 – 1º) y en su caso juicio (10:45 horas en Planta 1 – Sala 2 del Edificio de los Juzgados), pudiendo comparecer personalmente o mediante
persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que
intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se
suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta
circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor,
pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por
procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno
de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a la entidad GOFESEL, S.L., se expide la presente cédula
para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En VIGO, a veintiuno de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20201007-196
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/24.088/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
196
JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO 6
EDICTO
Dª. MARTA LAMAS ALONSO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE VIGO.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D. EDUARDO EIRE FRANCO contra las entidades TELENET TECHNOLOGY, S.L., CELULARNET, S.L., SESTERCIO E-COMERCE S.L., 360 REPAIR SOLUTIONS, S.A., GOFESEL, S.L., AMABI MANAGEMENT GROUP, S.L.,
THE SERVICE GROUP PROCEDO, S.L., en reclamación por DESPIDO, registrado con
el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL 463/2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo
que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a la entidad GOFESEL, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 1/3/2021 para la celebración de los actos de conciliación (10:15 horas en Travesía da Coruña nº 2 – 1º) y en su caso juicio (10:45 horas en Planta 1 – Sala 2 del Edificio de los Juzgados), pudiendo comparecer personalmente o mediante
persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que
intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se
suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta
circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor,
pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por
procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno
de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a la entidad GOFESEL, S.L., se expide la presente cédula
para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En VIGO, a veintiuno de septiembre de dos mil veinte.
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ISSN 1989-4791