Madrid número 16 (BOCM-20201007-128)
Procedimiento 295/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Ana Correchel Calvo, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social
nº 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 295/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ANA GALLEGO GIL frente a FOGASA, ÁREA DE FORMACIÓN
Y ESTUDIOS SL y D./Dña. IGNACIO MORI CORTINA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
“FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. ANA GALLEGO GIL debo declarar y
declaro la improcedencia del despido y en consecuencia condeno a la empresa ÁREA DE
FORMACIÓN Y ESTUDIOS SL, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y
declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone a la actora la indemnización cifrada en 28.165,07 euros, calculada a razón de 45 días por año trabajo hasta 12/02/2012 y a razón de 33 días de trabajo desde 12/02/2012, desde antigüedad hasta la
fecha de esta sentencia., con aplicación de los limites legalmente establecidos.
Así como al abono de los salarios de trámite en cantidad de 10.133,89 euros por el periodo desde el 31/01/2020, fecha de efectos del despido, hasta el de esta sentencia, deducidos
en su caso los periodos de tiempo trabajados para otras empresas, esto es, día 15/06/2020.
Sin efectuar especial pronunciamiento frente al Administrador concursal y a FOGASA.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ÁREA DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de septiembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201007-128
(03/22.446/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Ana Correchel Calvo, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social
nº 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 295/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ANA GALLEGO GIL frente a FOGASA, ÁREA DE FORMACIÓN
Y ESTUDIOS SL y D./Dña. IGNACIO MORI CORTINA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
“FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. ANA GALLEGO GIL debo declarar y
declaro la improcedencia del despido y en consecuencia condeno a la empresa ÁREA DE
FORMACIÓN Y ESTUDIOS SL, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y
declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone a la actora la indemnización cifrada en 28.165,07 euros, calculada a razón de 45 días por año trabajo hasta 12/02/2012 y a razón de 33 días de trabajo desde 12/02/2012, desde antigüedad hasta la
fecha de esta sentencia., con aplicación de los limites legalmente establecidos.
Así como al abono de los salarios de trámite en cantidad de 10.133,89 euros por el periodo desde el 31/01/2020, fecha de efectos del despido, hasta el de esta sentencia, deducidos
en su caso los periodos de tiempo trabajados para otras empresas, esto es, día 15/06/2020.
Sin efectuar especial pronunciamiento frente al Administrador concursal y a FOGASA.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ÁREA DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de septiembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
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(03/22.446/20)
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ISSN 1989-4791