Madrid número 9 (BOCM-20201007-101)
Procedimiento 1106/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 244
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 167
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 9 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1106/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de Dña. ROSA MARÍA TORRES GARCÍA ROMERAL frente a BRYANT PARK COMUNICACIÓN SL sobre Monitorio se ha dictado la siguiente resolución:
NÚMERO RESOLUCIÓN: 246/2020.
DECRETO
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1. Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por Dña. ROSA
MARÍA TORRES GARCÍA ROMERAL frente BRYANT PARK COMUNICACIÓN SL
la cuantía de DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SETENTA Y CUATRO EUROS (2687,74 euros), sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución
si a su derecho conviene.
2.
Tener por terminado el presente proceso monitorio y proceder a su archivo.
3. Librar certificación de esta resolución y llevar su original al libro de resoluciones
definitivas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que el plazo para recurrir o en caso, subsanar o evacuar un requerimiento, queda suspendido hasta tanto en
cuanto se alcen las suspensiones de términos y plazos procesales acordados por el Real Decreto 463/2020 y por el CGPJ se ponga fin a dichas suspensiones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 de la LJS).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
DILIGENCIA.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de
la LRJS. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BRYANT PARK COMUNICACIÓN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
BOCM-20201007-101
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 244
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 167
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 9 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1106/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de Dña. ROSA MARÍA TORRES GARCÍA ROMERAL frente a BRYANT PARK COMUNICACIÓN SL sobre Monitorio se ha dictado la siguiente resolución:
NÚMERO RESOLUCIÓN: 246/2020.
DECRETO
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1. Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por Dña. ROSA
MARÍA TORRES GARCÍA ROMERAL frente BRYANT PARK COMUNICACIÓN SL
la cuantía de DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SETENTA Y CUATRO EUROS (2687,74 euros), sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución
si a su derecho conviene.
2.
Tener por terminado el presente proceso monitorio y proceder a su archivo.
3. Librar certificación de esta resolución y llevar su original al libro de resoluciones
definitivas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que el plazo para recurrir o en caso, subsanar o evacuar un requerimiento, queda suspendido hasta tanto en
cuanto se alcen las suspensiones de términos y plazos procesales acordados por el Real Decreto 463/2020 y por el CGPJ se ponga fin a dichas suspensiones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 de la LJS).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
DILIGENCIA.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de
la LRJS. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BRYANT PARK COMUNICACIÓN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
BOCM-20201007-101
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA