Torrejón de la Calzada (BOCM-20201007-60)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 121
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
TORREJÓN DE LA CALZADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Resolución de Alcaldía número 2020-0994 del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, avocación de competencias.
Decreto. Avocación de competencias
BOCM-20201007-60
Visto que por resolución número 2019/1265 y resolución número 2019/1402, esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones de la
Alcaldía:
“3. La incoación y sanción de todo tipo de infracciones de competencia municipal a
excepción de las de tráfico”.
Visto que durante el estado de alarma han estado suspendidos los procedimientos administrativos.
Visto que se pone fin a la suspensión de los plazos administrativos desde el día 1 de
junio de 2020.
Vista la necesidad de agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos relativas a la incoación y sanciones de competencia municipal a excepción de las de tráfico.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120
y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.—Avocar dicha competencia hasta la 1.a sesión ordinaria de octubre.
Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de que surta efectos
desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos
de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Torrejón de la Calzada, a 24 de septiembre de 2020.—La alcaldesa, Azahara Molina
Martín.—Doy fe: la secretaria general, Cristina Raya Pérez.
(03/24.157/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Resolución de Alcaldía número 2020-0994 del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, avocación de competencias.
Decreto. Avocación de competencias
BOCM-20201007-60
Visto que por resolución número 2019/1265 y resolución número 2019/1402, esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones de la
Alcaldía:
“3. La incoación y sanción de todo tipo de infracciones de competencia municipal a
excepción de las de tráfico”.
Visto que durante el estado de alarma han estado suspendidos los procedimientos administrativos.
Visto que se pone fin a la suspensión de los plazos administrativos desde el día 1 de
junio de 2020.
Vista la necesidad de agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos relativas a la incoación y sanciones de competencia municipal a excepción de las de tráfico.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120
y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.—Avocar dicha competencia hasta la 1.a sesión ordinaria de octubre.
Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de que surta efectos
desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos
de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Torrejón de la Calzada, a 24 de septiembre de 2020.—La alcaldesa, Azahara Molina
Martín.—Doy fe: la secretaria general, Cristina Raya Pérez.
(03/24.157/20)
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