Madrid número 41 (BOCM-20201007-173)
Ejecución 240/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 244

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
173

MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 240/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CLAUDIO RIOL MARTINEZ, D./Dña. MARIA DOLORES
GUERRA ARCOS, D./Dña. JUAN JESUS BLAZQUEZ MEDINA y D./Dña. JOSE RAMON LORENZO ALONSO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y INDES
SOFTWARE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 184.962,16 euros de principal (a D. Claudio Riol Martínez le corresponden 57.861,42 euros a D. Juan Jesús
Blázquez Medina le corresponden 31.590,27 euros, a Dña. María Dolores Guerra Arcos le
corresponden 75.953,16 euros y a D. Jose Ramón Lorenzo Alonso el corresponden
19.557,31 euros); 18.496,21 euros de intereses y 18.496,21 euros calculados para costas, se
declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado INDES SOFTWARE SL,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a INDES SOFTWARE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veinte.

BOCM-20201007-173

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.479/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791