D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20201007-11)
Depósito estatutos – Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios Mercado de las Ventas Digital (AEMDVG) Madrid (depósito 28100020)
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BOCM
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
11
RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2020, del Director General de Trabajo, sobre
depósito de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios Mercado de las Ventas Digital (AEMDVG) Madrid (depósito 28100020).
Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don Juan Manuel
Lobato Palomero, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de
Empresarios Mercado de las Ventas Digital (AEMDVG) y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito registrado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos por el que solicitaba el depósito de sus estatutos y del acta de constitución.
Segundo
Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores:
don Iván Sánchez Rodríguez, en representación de Pescados La Milagros, S. L.; doña María
Trinidad Gómez García, en representación de Sertina, S. L.; don Juan Manuel Lobato Palomero, en representación de Exclusivas Jamonalia, S. L., y don Juan Carlos San Cayo Patiño,
en su propio nombre como empresario individual.
Tercero
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de
Madrid y su ámbito funcional el empresarial.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 27 de agosto de 2020 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 10 de septiembre de 2020.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de
conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de
Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las
organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Tercero
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los estatutos contienen
todos los requisitos exigidos en la citada Ley 19/1977, de 1 de abril, por lo que se procede
a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con
el artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que desarrolla dicha ley.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
BOCM-20201007-11
Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones
reglamentarias de general aplicación.
Pág. 58
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RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2020, del Director General de Trabajo, sobre
depósito de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios Mercado de las Ventas Digital (AEMDVG) Madrid (depósito 28100020).
Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don Juan Manuel
Lobato Palomero, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de
Empresarios Mercado de las Ventas Digital (AEMDVG) y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito registrado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos por el que solicitaba el depósito de sus estatutos y del acta de constitución.
Segundo
Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores:
don Iván Sánchez Rodríguez, en representación de Pescados La Milagros, S. L.; doña María
Trinidad Gómez García, en representación de Sertina, S. L.; don Juan Manuel Lobato Palomero, en representación de Exclusivas Jamonalia, S. L., y don Juan Carlos San Cayo Patiño,
en su propio nombre como empresario individual.
Tercero
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de
Madrid y su ámbito funcional el empresarial.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 27 de agosto de 2020 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 10 de septiembre de 2020.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de
conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de
Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las
organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Tercero
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los estatutos contienen
todos los requisitos exigidos en la citada Ley 19/1977, de 1 de abril, por lo que se procede
a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con
el artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que desarrolla dicha ley.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
BOCM-20201007-11
Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones
reglamentarias de general aplicación.