Majadahonda número 6 (BOCM-20201005-65)
Procedimiento 358/2018
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 242
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
65
MAJADAHONDA NÚMERO 6
EDICTO
Doña Inmaculada Palma González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 6 de Majadahonda.
BOCM-20201005-65
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 358/2018, instados por la procuradora Dña. Raquel Valencia Martín, en nombre y representación de comunidad de propietarios El Balcón del Burgo, contra Dña. Martha García
Quiceno, en reclamación de 6.158,18 euros, en los que se ha dictado, en fecha 11 de febrero de 2020, sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios El Balcón del Burgo. representada por la procuradora Sra. Valencia, contra Dña. Martha García Quiceno, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno al demandado al pago de la suma de 6158,18 euros, con los intereses legales desde la reclamación
extrajudicial (16 de mayo de 2018) y los intereses del artículo 576 de la LEC desde la presente sentencia.
Dada la estimación integra de la demanda, se imponen las costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2880-0000-04-0358-18 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la
cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia e Instrucción número 6 de Majadahonda. y en el campo
“observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2880-0000-04-0358-18.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Dña. Martha
García Quiceno, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaria de este Tribunal.
En Majadahonda, a 29 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/22.279/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
65
MAJADAHONDA NÚMERO 6
EDICTO
Doña Inmaculada Palma González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 6 de Majadahonda.
BOCM-20201005-65
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 358/2018, instados por la procuradora Dña. Raquel Valencia Martín, en nombre y representación de comunidad de propietarios El Balcón del Burgo, contra Dña. Martha García
Quiceno, en reclamación de 6.158,18 euros, en los que se ha dictado, en fecha 11 de febrero de 2020, sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios El Balcón del Burgo. representada por la procuradora Sra. Valencia, contra Dña. Martha García Quiceno, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno al demandado al pago de la suma de 6158,18 euros, con los intereses legales desde la reclamación
extrajudicial (16 de mayo de 2018) y los intereses del artículo 576 de la LEC desde la presente sentencia.
Dada la estimación integra de la demanda, se imponen las costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2880-0000-04-0358-18 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la
cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia e Instrucción número 6 de Majadahonda. y en el campo
“observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2880-0000-04-0358-18.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Dña. Martha
García Quiceno, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaria de este Tribunal.
En Majadahonda, a 29 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/22.279/20)
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ISSN 1989-4791