Moralzarzal (BOCM-20201005-42)
Organización y funcionamiento. Ordenanza de Policía Urbana
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 242
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
MORALZARZAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20201005-42
El Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2020, ha resuelto:
Primero.—Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza municipal de
Policía Urbana, aprobada en sesión plenaria de 11 de noviembre de 2004. Publicada íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 292, de 8 de diciembre de 2004, con el siguiente contenido:
— El párrafo 10.o del artículo 4.o queda redactado con el siguiente tenor:
“Queda prohibido terminantemente:
(…)
10. Partir leña y encender lumbre en las calles o plazas, lavar y arrojar aguas, sacudir y limpiar alfombras, hacer colchones y secar pieles, paños u otros objetos; así como la
quema de rastrojos, restos de poda o quema de producto de cualquier clase, en solares o parcelas urbanas sin autorización expresa del Ayuntamiento”.
— Se modifica el párrafo 1.o del artículo 30, añadiendo en nuevo apartado g) la tipificación como infracción muy grave: la quema de rastrojos, restos de poda o quema
de producto de cualquier clase, en solares o parcelas urbanas sin autorización expresa del Ayuntamiento.
Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el acuerdo provisionalmente adoptado es objeto
de exposición pública por plazo de treinta días, transcurridos los cuales, de no existir alegaciones, se considerará definitivamente aprobado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Moralzarzal, a 18 de septiembre de 2020.—El secretario general, Santiago Perdices
Rivero.
(03/23.754/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 242
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
MORALZARZAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20201005-42
El Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2020, ha resuelto:
Primero.—Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza municipal de
Policía Urbana, aprobada en sesión plenaria de 11 de noviembre de 2004. Publicada íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 292, de 8 de diciembre de 2004, con el siguiente contenido:
— El párrafo 10.o del artículo 4.o queda redactado con el siguiente tenor:
“Queda prohibido terminantemente:
(…)
10. Partir leña y encender lumbre en las calles o plazas, lavar y arrojar aguas, sacudir y limpiar alfombras, hacer colchones y secar pieles, paños u otros objetos; así como la
quema de rastrojos, restos de poda o quema de producto de cualquier clase, en solares o parcelas urbanas sin autorización expresa del Ayuntamiento”.
— Se modifica el párrafo 1.o del artículo 30, añadiendo en nuevo apartado g) la tipificación como infracción muy grave: la quema de rastrojos, restos de poda o quema
de producto de cualquier clase, en solares o parcelas urbanas sin autorización expresa del Ayuntamiento.
Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el acuerdo provisionalmente adoptado es objeto
de exposición pública por plazo de treinta días, transcurridos los cuales, de no existir alegaciones, se considerará definitivamente aprobado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Moralzarzal, a 18 de septiembre de 2020.—El secretario general, Santiago Perdices
Rivero.
(03/23.754/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791