Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025062912)
Resolución de 23 de julio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Sociedad Eléctrica de Ribera del Fresno, SL, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Básico y de ejecución sustitución de celdas punto frontera Villafranca". Término municipal: Villafranca de los Barros. Expte.: 06/AT-01204/18492.
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NÚMERO 148

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Viernes 1 de agosto de 2025

las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Sociedad Eléctrica de Ribera del Fresno, SL, autorización administrativa previa de
las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Básico y de ejecución sustitución
de celdas punto frontera Villafranca”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
1 ud módulo prot. transformador SF6 – HCR.
2 ud módulo línea en SF6 - HCR – motorizada.
1 ud módulo proteccion disyuntor SF6 - HCR – motorizada.
1 módulo medida SF6 – HCR.
Emplazamiento: Sito en polígono 12, parcela 46, 06220, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.