Diputación Provincial De Badajoz. Tributos. (2025081273)
Anuncio de 1 de julio de 2025 sobre delegación de competencias efectuada por el Consorcio de Servicios Medioambientales de la Provincia de Badajoz-PROMEDIO al OAR.
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NÚMERO 148
Viernes 1 de agosto de 2025

43457

vendrá determinada por el importe del cargo bruto de la suma de los padrones periódicos, siendo mensual cuando el mismo sea superior a 300.000,00 € y trimestral
en caso contrario. Dicho importe de referencia podrá ser modificado por el OAR en
función de las necesidades de la entidad y justificándose con el correspondiente informe técnico.
El importe del anticipo podrá ser modificado a instancia de PROMEDIO o por el
propio OAR en el caso de que exista constancia de nuevos o mayores cargos a los
utilizados en el cálculo, y que deriven en una mayor previsión de ingresos. Se podrá
modificar la periodicidad previa solicitud de PROMEDIO en la que se justifique la
conveniencia de la misma.
El importe del anticipo podrá ser modificado a la baja por el OAR, y comunicado a
PROMEDIO en función de determinadas circunstancias que produzcan una disminución de la recaudación en el ejercicio para el que se calculan. También podrá ser
modificado a la baja en el caso de que en la liquidación del ejercicio anterior se produzca una situación deudora de PROMEDIO frente al OAR.


b) Anticipos trimestrales a cuenta de la recaudación ejecutiva.

El OAR con periodicidad trimestral anticipará el importe correspondiente a la recaudación ejecutiva del trimestre natural anterior descontándose en dichas liquidaciones el importe de la tasa por prestación de servicios correspondiente. El importe del
último trimestre se liquidará junto con la liquidación final del ejercicio. La utilización
de otra periodicidad de liquidación, previa solicitud de PROMEDIO, habrá de justificarse mediante el correspondiente informe técnico en el que se motive dicha modificación.


c) Anticipos extraordinarios.

PROMEDIO podrá solicitar al OAR la concesión de anticipos a cuenta de la previsible
recaudación del ejercicio con carácter extraordinario para atender necesidades urgentes de la Tesorería Municipal y que podrá abarcar, junto con el resto de los pagos,
hasta el 100% de la previsible recaudación anual del ejercicio una vez regularizada
con los distintos conceptos que la minoran, entre otros, la tasa por prestación de servicios del OAR correspondiente, devoluciones de ingresos o pago a otras entidades.
Dichos anticipos se compensarán con los pagos a realizar correspondientes a los
anticipos ordinarios, trimestrales por la recaudación ejecutiva o liquidación final.
La tramitación del anticipo extraordinario se iniciará mediante solicitud del órgano
de gobierno competente de PROMEDIO dirigido a la Vicepresidencia del OAR en el