Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062892)
Resolución de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Agroecológico San Arcadio, SL, en el término municipal de Badajoz.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 146
Miércoles 30 de julio de 2025
43053
RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el
proyecto de explotación porcina, cuya titular es Agroecológico San Arcadio,
SL, en el término municipal de Badajoz. (2025062892)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 3 de octubre de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina de cebo en régimen extensivo en el término municipal de Badajoz y promovida por Agroecológico San Arcadio, SL, con CIF: B-56513989 con domicilio a efectos de
notificación en c/ Hermanos Segura Covarsi, n.º 2, CP 06011, Badajoz.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen extensivo con capacidad de 1.000 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en el polígono 214 (3, 4, 13), polígono 215 (1, 5, 7, 8, 9, 18, 19, 20,
21, 22, 65), polígono 216 (4, 6), polígono 280 (12), polígono 281 (1) del término municipal
de Badajoz, con una superficie de 585,2 ha. Las instalaciones se ubican en la parcela 18 del
polígono 215.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 18 de enero de 2025 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 21, de 31 de enero de 2025),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 22 de enero de 2025, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Badajoz, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3
de marzo.
A fecha actual no se ha recibido contestación a la referida solicitud de informe.
Miércoles 30 de julio de 2025
43053
RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el
proyecto de explotación porcina, cuya titular es Agroecológico San Arcadio,
SL, en el término municipal de Badajoz. (2025062892)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 3 de octubre de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina de cebo en régimen extensivo en el término municipal de Badajoz y promovida por Agroecológico San Arcadio, SL, con CIF: B-56513989 con domicilio a efectos de
notificación en c/ Hermanos Segura Covarsi, n.º 2, CP 06011, Badajoz.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen extensivo con capacidad de 1.000 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en el polígono 214 (3, 4, 13), polígono 215 (1, 5, 7, 8, 9, 18, 19, 20,
21, 22, 65), polígono 216 (4, 6), polígono 280 (12), polígono 281 (1) del término municipal
de Badajoz, con una superficie de 585,2 ha. Las instalaciones se ubican en la parcela 18 del
polígono 215.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 18 de enero de 2025 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 21, de 31 de enero de 2025),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 22 de enero de 2025, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Badajoz, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3
de marzo.
A fecha actual no se ha recibido contestación a la referida solicitud de informe.