Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062717)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadajira para riego de 81,77 ha en la finca La Cigüeña", cuya promotora es Dieta Mediterránea, Aceites y Vinagres, SA, en el término municipal de Feria (Badajoz). Expte.: IA19/0244.
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NÚMERO 137
40953
Jueves 17 de julio de 2025
2. T
ramitación y consultas.
Con fecha 19 de febrero de 2019, tiene entrada en el Sistema de Registro Único de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Oficio remitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana y dirigido a la Dirección General de Sostenibilidad, respecto a la solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas superficiales derivadas del
río Guadajira con destino a riego de una superficie de 81,7725 ha en la finca “La Cigüeña”,
referida a un proyecto ubicado en las parcelas 188, 189 y 221 del polígono 4, del término
municipal de Feria (Badajoz). (Expediente: CONC. 16/16 (JCC/ada)), cuya promotora es
Dieta Mediterránea, Aceites y Vinagres, SA.
Tras requerimiento, la promotora presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad el
documento ambiental del proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental.
Con fecha 4 de octubre de 2021 se remite trámite de audiencia al promotor en relación con
la fecha de inicio de la ejecución del proyecto, el cual fue contestado de fecha 28 de octubre
de 2021, con el cual queda justificado el inicio del procedimiento de evaluación ambiental
al no estar recogido en el artículo 9.1 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, que establece que “No se realizará la evaluación de impacto ambiental regulada en el título II de los proyectos incluidos en el artículo 7 de esta ley que se encuentren
parcial o totalmente ejecutados sin haberse sometido previamente al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental”.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 46.1
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 28 de octubre
de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad realizó consultas a las Administraciones
Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han
señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han
emitido respuesta.
Relación de organismos y Entidades Consultados
Respuestas recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección
General de Sostenibilidad.
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana.
X
40953
Jueves 17 de julio de 2025
2. T
ramitación y consultas.
Con fecha 19 de febrero de 2019, tiene entrada en el Sistema de Registro Único de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Oficio remitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana y dirigido a la Dirección General de Sostenibilidad, respecto a la solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas superficiales derivadas del
río Guadajira con destino a riego de una superficie de 81,7725 ha en la finca “La Cigüeña”,
referida a un proyecto ubicado en las parcelas 188, 189 y 221 del polígono 4, del término
municipal de Feria (Badajoz). (Expediente: CONC. 16/16 (JCC/ada)), cuya promotora es
Dieta Mediterránea, Aceites y Vinagres, SA.
Tras requerimiento, la promotora presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad el
documento ambiental del proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental.
Con fecha 4 de octubre de 2021 se remite trámite de audiencia al promotor en relación con
la fecha de inicio de la ejecución del proyecto, el cual fue contestado de fecha 28 de octubre
de 2021, con el cual queda justificado el inicio del procedimiento de evaluación ambiental
al no estar recogido en el artículo 9.1 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, que establece que “No se realizará la evaluación de impacto ambiental regulada en el título II de los proyectos incluidos en el artículo 7 de esta ley que se encuentren
parcial o totalmente ejecutados sin haberse sometido previamente al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental”.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 46.1
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 28 de octubre
de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad realizó consultas a las Administraciones
Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han
señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han
emitido respuesta.
Relación de organismos y Entidades Consultados
Respuestas recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección
General de Sostenibilidad.
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana.
X