Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062717)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadajira para riego de 81,77 ha en la finca La Cigüeña", cuya promotora es Dieta Mediterránea, Aceites y Vinagres, SA, en el término municipal de Feria (Badajoz). Expte.: IA19/0244.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025
40968
Cabe indicar que, en lo referente a la calidad de las aguas, al transformarse una nueva
superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se
encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Al tratarse de un cultivo en ecológico se entiende que esas afecciones serán nulas
o casi nulas incidiendo únicamente en la contaminación por nitratos, recomendando
llevar a cabo las medidas establecidas al respecto de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos en la normativa vigente en la materia y en los Códigos de Buenas
Prácticas Agrarias, así como las indicadas en el presente informe, con el objetivo de no
afectar de manera significativa a la calidad de las aguas.
Teniendo en cuenta todo lo indicado y con la aplicación de las correspondientes medidas
indicadas en el documento ambiental aportado, en las Resoluciones sobre la tramitación de las concesiones de aguas superficiales solicitadas y las incluidas en el presente
informe técnico, los impactos ambientales que pudieran generarse sobre el sistema
hidrológico y la calidad de las aguas no serían significativos.
3.3.3. Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo se analizan teniendo en
cuenta la fase de ejecución del proyecto y la fase de explotación. En la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la ejecución de la balsa de regulación y las zanjas para instalar las tuberías de
conexión entre éstas y el sistema de riego, situación que no afecta al presente proyecto
debido a que las obras ya están ejecutadas hace algunos años.
Por otro lado, en cuanto a la fase de explotación y al igual que se indicó para el factor
sistema hidrológico y calidad de las aguas, se deberán controlar los posibles impactos
ambientales generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por posibles retornos de riego.
3.3.4. Fauna, vegetación y hábitats naturales.
El informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
indica que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
presente informe.
En cuanto a los impactos generados en la fase de explotación, el impacto más significativo se producirá aguas abajo debido a la falta de caudal producido por la captación.
Jueves 17 de julio de 2025
40968
Cabe indicar que, en lo referente a la calidad de las aguas, al transformarse una nueva
superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se
encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Al tratarse de un cultivo en ecológico se entiende que esas afecciones serán nulas
o casi nulas incidiendo únicamente en la contaminación por nitratos, recomendando
llevar a cabo las medidas establecidas al respecto de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos en la normativa vigente en la materia y en los Códigos de Buenas
Prácticas Agrarias, así como las indicadas en el presente informe, con el objetivo de no
afectar de manera significativa a la calidad de las aguas.
Teniendo en cuenta todo lo indicado y con la aplicación de las correspondientes medidas
indicadas en el documento ambiental aportado, en las Resoluciones sobre la tramitación de las concesiones de aguas superficiales solicitadas y las incluidas en el presente
informe técnico, los impactos ambientales que pudieran generarse sobre el sistema
hidrológico y la calidad de las aguas no serían significativos.
3.3.3. Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo se analizan teniendo en
cuenta la fase de ejecución del proyecto y la fase de explotación. En la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la ejecución de la balsa de regulación y las zanjas para instalar las tuberías de
conexión entre éstas y el sistema de riego, situación que no afecta al presente proyecto
debido a que las obras ya están ejecutadas hace algunos años.
Por otro lado, en cuanto a la fase de explotación y al igual que se indicó para el factor
sistema hidrológico y calidad de las aguas, se deberán controlar los posibles impactos
ambientales generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por posibles retornos de riego.
3.3.4. Fauna, vegetación y hábitats naturales.
El informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
indica que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
presente informe.
En cuanto a los impactos generados en la fase de explotación, el impacto más significativo se producirá aguas abajo debido a la falta de caudal producido por la captación.