Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025062776)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Presidencia del Consejo Rector del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por la que se da publicidad al Acuerdo de 2 de junio de 2025, del Consejo Rector del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por el que se establecen las bases generales que regularán los procesos para la contratación de personal técnico y de gestión administrativa y de servicios a la I+D+I, en régimen laboral temporal, para la realización de proyectos de I+D+I.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025
41039
a) Inscripción en el registro de la Bolsa de Trabajo. Será necesario formular su solicitud
ajustándose a las bases específicas y al modelo incluido en la correspondiente convocatoria. Las bases, la convocatoria y los anexos estarán disponibles en la siguiente dirección web: http://cicytex.juntaex.es/ .
b) Solicitud inicial de inscripción en la bolsa de trabajo. El aspirante que desee inscribirse
en la bolsa de trabajo formulará la solicitud inicial de inscripción en el plazo de veinte
días naturales a partir del día siguiente al de la publicación la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de que esta bolsa de trabajo
tenga carácter abierto y permanente y puedan inscribirse nuevos aspirantes o actualizar méritos los aspirantes ya inscritos en el plazo inicial de inscripción, a partir del día
siguiente al de la finalización del plazo inicial de veinte días naturales.
Para que estas solicitudes iniciales de inscripción sean tenidas en cuenta en la primera constitución de la bolsa de trabajo, el aspirante podrá completar el proceso telemático habilitado en
la página web http://cicytex.juntaex.es/ , o bien podrá cumplimentar su solicitud, imprimir,
firmar el documento obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa,
ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de
asistencia en materia de registro por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los veinte días naturales establecidos como plazo inicial de
inscripción, haciendo constar los requisitos de admisión y consignando la valoración de los
méritos que pudiera tener.
Los aspirantes podrán elegir en su solicitud inicial de inscripción la Especialidad a la que optan según los requisitos de cada una y la opción de zonificación. De no formularse solicitud
expresa por parte del aspirante en cuanto a zonificación, se entenderá que se solicita la inclusión en todas ellas. Una vez publicado el listado único provisional sólo se resolverán aquellas
solicitudes de modificación de zonas en el sentido de su reducción.
Cumplimentados todos los datos personales, requisitos, opciones de solicitud y méritos, el
sistema electrónico, de conformidad con las bases de la convocatoria, otorgará la puntuación
de los méritos incluidos por el aspirante (autobaremo).
No se considerarán para la valoración inicial derivada de la inscripción realizada en el plazo
establecido de veinte días naturales, los méritos inscritos con posterioridad a la finalización
del plazo correspondiente.
Asimismo, no se considerarán los méritos que previamente no hayan sido incluidos en el
proceso telemático por el aspirante para su valoración, así como aquéllos que habiendo sido
Jueves 17 de julio de 2025
41039
a) Inscripción en el registro de la Bolsa de Trabajo. Será necesario formular su solicitud
ajustándose a las bases específicas y al modelo incluido en la correspondiente convocatoria. Las bases, la convocatoria y los anexos estarán disponibles en la siguiente dirección web: http://cicytex.juntaex.es/ .
b) Solicitud inicial de inscripción en la bolsa de trabajo. El aspirante que desee inscribirse
en la bolsa de trabajo formulará la solicitud inicial de inscripción en el plazo de veinte
días naturales a partir del día siguiente al de la publicación la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de que esta bolsa de trabajo
tenga carácter abierto y permanente y puedan inscribirse nuevos aspirantes o actualizar méritos los aspirantes ya inscritos en el plazo inicial de inscripción, a partir del día
siguiente al de la finalización del plazo inicial de veinte días naturales.
Para que estas solicitudes iniciales de inscripción sean tenidas en cuenta en la primera constitución de la bolsa de trabajo, el aspirante podrá completar el proceso telemático habilitado en
la página web http://cicytex.juntaex.es/ , o bien podrá cumplimentar su solicitud, imprimir,
firmar el documento obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa,
ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de
asistencia en materia de registro por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los veinte días naturales establecidos como plazo inicial de
inscripción, haciendo constar los requisitos de admisión y consignando la valoración de los
méritos que pudiera tener.
Los aspirantes podrán elegir en su solicitud inicial de inscripción la Especialidad a la que optan según los requisitos de cada una y la opción de zonificación. De no formularse solicitud
expresa por parte del aspirante en cuanto a zonificación, se entenderá que se solicita la inclusión en todas ellas. Una vez publicado el listado único provisional sólo se resolverán aquellas
solicitudes de modificación de zonas en el sentido de su reducción.
Cumplimentados todos los datos personales, requisitos, opciones de solicitud y méritos, el
sistema electrónico, de conformidad con las bases de la convocatoria, otorgará la puntuación
de los méritos incluidos por el aspirante (autobaremo).
No se considerarán para la valoración inicial derivada de la inscripción realizada en el plazo
establecido de veinte días naturales, los méritos inscritos con posterioridad a la finalización
del plazo correspondiente.
Asimismo, no se considerarán los méritos que previamente no hayan sido incluidos en el
proceso telemático por el aspirante para su valoración, así como aquéllos que habiendo sido