Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Procesos Selectivos. (2025050108)
Orden de 16 de julio de 2025 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del tribunal único, para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025
40837
y demás normas concordantes de aplicación. Toda la información de la convocatoria se pondrá
a disposición de la ciudadanía a través del punto de acceso general electrónico de los servicios
y trámites https://www.juntaex.es en la fecha correspondiente de publicación de la misma en
el Diario Oficial de Extremadura. http://doe.juntaex.es .
1.2. Características de las plazas.
A las personas que finalmente resulten titulares de las plazas convocadas les corresponderán
las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de
Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes.
Las personas aspirantes que finalmente sean nombradas funcionarias de carrera estarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente.
Base segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo, las personas aspirantes deberán reunir
las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años.
c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Técnico o título académico equivalente
o superior.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida
para las personas aspirantes en estado de embarazo o parto.
e) No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal en
virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función
pública por sentencia firme, ni tener antecedentes penales por delitos dolosos.
f) Acreditar la aptitud física, mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por profesional colegiado en ejercicio, en el que se
haga constar expresamente que reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias,
y suficientes, para la realización de los ejercicios físicos que figuran especificados en
la correspondiente fase de oposición. La presentación de este certificado no exime de
la superación de la prueba de reconocimiento médico que forma parte de la fase de
oposición.
Jueves 17 de julio de 2025
40837
y demás normas concordantes de aplicación. Toda la información de la convocatoria se pondrá
a disposición de la ciudadanía a través del punto de acceso general electrónico de los servicios
y trámites https://www.juntaex.es en la fecha correspondiente de publicación de la misma en
el Diario Oficial de Extremadura. http://doe.juntaex.es .
1.2. Características de las plazas.
A las personas que finalmente resulten titulares de las plazas convocadas les corresponderán
las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de
Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes.
Las personas aspirantes que finalmente sean nombradas funcionarias de carrera estarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente.
Base segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo, las personas aspirantes deberán reunir
las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años.
c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Técnico o título académico equivalente
o superior.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida
para las personas aspirantes en estado de embarazo o parto.
e) No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal en
virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función
pública por sentencia firme, ni tener antecedentes penales por delitos dolosos.
f) Acreditar la aptitud física, mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por profesional colegiado en ejercicio, en el que se
haga constar expresamente que reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias,
y suficientes, para la realización de los ejercicios físicos que figuran especificados en
la correspondiente fase de oposición. La presentación de este certificado no exime de
la superación de la prueba de reconocimiento médico que forma parte de la fase de
oposición.