Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Procesos Selectivos. (2025050108)
Orden de 16 de julio de 2025 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del tribunal único, para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025

40849

Base octava. Calificación de las pruebas, relación de aprobados y presentación de
documentación.
8.1. Calificación de las pruebas.
Todas las pruebas serán obligatorias para todas las personas aspirantes y tendrán carácter
eliminatorio.
Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior.
El ejercicio de la prueba de conocimiento tipo test (a) se valorará de 0 a 10 puntos.
Para superar la prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos, una vez aplicados los criterios de corrección expresados anteriormente en el apartado a) de la base séptima.
El ejercicio de la prueba práctica tipo test (b) se valorará de 0 a 10 puntos.
Para superar esta prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos tras la aplicación de los
criterios de corrección expresados anteriormente en el apartado b) de la base séptima.
Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas, y médicas (c, d y e), se requerirán los
servicios de personal especializado designado por la persona titular de la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales, que emitirá, con arreglo a las condiciones
de la presente convocatoria, un informe en base al cual el tribunal resolverá.
La valoración de las pruebas físicas (c) se realizará conforme a lo establecido en el anexo II
de estas bases, debiendo alcanzarse las marcas mínimas contempladas en el mismo. En caso
contrario, la persona aspirante será calificada como “No Apta”.
Los resultados obtenidos en las pruebas en las que se utilicen hojas de respuestas normalizadas, corresponderán con la lectura automatizada que se realizará con una lectora óptica de
datos aplicada a la hoja u hojas de respuestas.
Para cumplimentar los datos y responder a las pruebas, cada aspirante deberá rellenar dichas
hojas siguiendo las instrucciones, que deberán ser objeto de lectura antes del comienzo de
cada prueba y también deberán facilitarse por escrito, bien en hoja aparte o bien impresa en
el reverso de las propias hojas de respuestas normalizadas.
La valoración de las pruebas psicotécnicas y médicas (d y e), se calificarán por el Tribunal de
Selección como “Apta” o “No Apta”.
La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las valoraciones
globales otorgadas en las pruebas teórica, práctica y física a las personas aspirantes declaradas aptas en las otras pruebas.