Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Gas. (2025062671)
Resolución de 3 de julio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se delimita y define la zona de distribución autorizada para la prestación del suministro de gas natural en el municipio de Santa Amalia, en aplicación de la disposición adicional primera del Decreto 183/2014, de 26 de agosto. Expte.: GNC 73/1063/14.
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NÚMERO 133
Viernes 11 de julio de 2025
39834
RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera, por la que se delimita y define la zona de distribución
autorizada para la prestación del suministro de gas natural en el municipio
de Santa Amalia, en aplicación de la disposición adicional primera del Decreto
183/2014, de 26 de agosto. Expte.: GNC 73/1063/14. (2025062671)
Vista la comunicación presentada ante el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz por la empresa Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, SA (DICOGEXSA), en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional primera del Decreto
183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el
suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 1/9/2014), a los efectos de delimitación y definición de la zona de distribución
autorizada correspondiente a las instalaciones pertenecientes a dicha empresa en el municipio de Santa Amalia, conforme a los criterios establecidos en el decreto indicado.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Instrucción 2/2014, de esta Dirección General de Industria y Energía, sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su delimitación
según el artículo 3.2 del Decreto 183/2014.
Visto el informe emitido por el Técnico del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera de Badajoz sobre la zona de distribución definida en los planos presentados por DICOGEXSA conforme a lo requerido en la Disposición adicional antes mencionada, identificando
los vértices de la línea perimetral que define la zona de distribución mediante coordenadas
georreferenciadas, determinadas sobre la base del Sistema ETRS89, HUSO 29.
Esta Dirección General, considerando que DICOGEXSA ha cumplido los requisitos establecidos
en la disposición adicional primera del Decreto 183/2014,
HA RESUELTO:
Aplicar la misma estableciendo la zona de distribución autorizada para el suministro de gas
natural en el municipio de Santa Amalia, bajo las siguientes condiciones:
Primera. El ámbito geográfico que constituye la zona de distribución autorizada correspondiente a las instalaciones de distribución existentes en el municipio de Santa Amalia, pertenecientes a la empresa DICOGEXSA, que queda constituida como zona reconocida para la prestación del suministro de gas natural en el municipio indicado, es el contenido en el interior de
la línea perimetral definida por los vértices que se indican en la siguiente tabla, identificados
mediante coordenadas georreferenciadas en el Sistema ETRS89, HUSO 29, enlazados entre sí
de acuerdo con los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014 citada anteriormente.
Viernes 11 de julio de 2025
39834
RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera, por la que se delimita y define la zona de distribución
autorizada para la prestación del suministro de gas natural en el municipio
de Santa Amalia, en aplicación de la disposición adicional primera del Decreto
183/2014, de 26 de agosto. Expte.: GNC 73/1063/14. (2025062671)
Vista la comunicación presentada ante el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz por la empresa Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, SA (DICOGEXSA), en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional primera del Decreto
183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el
suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 1/9/2014), a los efectos de delimitación y definición de la zona de distribución
autorizada correspondiente a las instalaciones pertenecientes a dicha empresa en el municipio de Santa Amalia, conforme a los criterios establecidos en el decreto indicado.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Instrucción 2/2014, de esta Dirección General de Industria y Energía, sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su delimitación
según el artículo 3.2 del Decreto 183/2014.
Visto el informe emitido por el Técnico del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera de Badajoz sobre la zona de distribución definida en los planos presentados por DICOGEXSA conforme a lo requerido en la Disposición adicional antes mencionada, identificando
los vértices de la línea perimetral que define la zona de distribución mediante coordenadas
georreferenciadas, determinadas sobre la base del Sistema ETRS89, HUSO 29.
Esta Dirección General, considerando que DICOGEXSA ha cumplido los requisitos establecidos
en la disposición adicional primera del Decreto 183/2014,
HA RESUELTO:
Aplicar la misma estableciendo la zona de distribución autorizada para el suministro de gas
natural en el municipio de Santa Amalia, bajo las siguientes condiciones:
Primera. El ámbito geográfico que constituye la zona de distribución autorizada correspondiente a las instalaciones de distribución existentes en el municipio de Santa Amalia, pertenecientes a la empresa DICOGEXSA, que queda constituida como zona reconocida para la prestación del suministro de gas natural en el municipio indicado, es el contenido en el interior de
la línea perimetral definida por los vértices que se indican en la siguiente tabla, identificados
mediante coordenadas georreferenciadas en el Sistema ETRS89, HUSO 29, enlazados entre sí
de acuerdo con los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014 citada anteriormente.