Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062672)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Peraleda de la Mata (Cáceres), promovido por Ana Rosa Ávila. Expte.: IA24/0728.
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NÚMERO 133
Viernes 11 de julio de 2025
39802
— Riego césped (1746,00 m3/año).
— Árboles frutales (70,75 m3/año).
— Uso ornamental (14,15 m3/año).
— Uso doméstico (199,47 m3/año).
Las características de la obra y la explotación son las siguientes:
— Sondeo vertical.
— Profundidad: 90 m.
— Entubado con tubo de: 140 mm (PVC).
— Caudal máximo simultaneo: 0,14 l/ sg.
— Dotación anual: 2.030,4 m3/año.
La parcela se encuentra en la Cuenca Hidrológica del Tajo de la que forma parte el río Tiétar, eje que en dirección Nordeste-Suroeste recorre el Sur del territorio. Concretamente la
zona de ejecución pertenece a la unidad hidrogeológica, UH Tiétar. El nivel freático medio
de la zona es de 60-100 m.
Geológicamente, la zona de ejecución del sondeo se constituye por arcillas, arenas y
cuarcitas dentro del complejo regional del Macizo Hespérico. Formada por dos grupos de
cuarcitas, una combinada con filadios y otras con pizarras del cámbrico. Los agentes erosivos de erosión y arrastre han abandonado en sus laderas enormes cantidades de material
cuarcitos con aristas, de desigual volumen.
2. T
ramitación y consultas.
Con fecha 26 de junio de 2024, remite ante la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento ambiental del
proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental por
parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General
de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las
personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con una “X”
aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
Viernes 11 de julio de 2025
39802
— Riego césped (1746,00 m3/año).
— Árboles frutales (70,75 m3/año).
— Uso ornamental (14,15 m3/año).
— Uso doméstico (199,47 m3/año).
Las características de la obra y la explotación son las siguientes:
— Sondeo vertical.
— Profundidad: 90 m.
— Entubado con tubo de: 140 mm (PVC).
— Caudal máximo simultaneo: 0,14 l/ sg.
— Dotación anual: 2.030,4 m3/año.
La parcela se encuentra en la Cuenca Hidrológica del Tajo de la que forma parte el río Tiétar, eje que en dirección Nordeste-Suroeste recorre el Sur del territorio. Concretamente la
zona de ejecución pertenece a la unidad hidrogeológica, UH Tiétar. El nivel freático medio
de la zona es de 60-100 m.
Geológicamente, la zona de ejecución del sondeo se constituye por arcillas, arenas y
cuarcitas dentro del complejo regional del Macizo Hespérico. Formada por dos grupos de
cuarcitas, una combinada con filadios y otras con pizarras del cámbrico. Los agentes erosivos de erosión y arrastre han abandonado en sus laderas enormes cantidades de material
cuarcitos con aristas, de desigual volumen.
2. T
ramitación y consultas.
Con fecha 26 de junio de 2024, remite ante la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento ambiental del
proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental por
parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General
de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las
personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con una “X”
aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.