Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Industrias Agrarias. Notificaciones. (2025081141)
Anuncio de 3 de julio de 2025 por el que se notifica requerimientos de subsanación de solicitudes de liquidación acogidas al Decreto 87/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el apoyo a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba su única convocatoria.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 133
Viernes 11 de julio de 2025

IV

39845

ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

ANUNCIO de 3 de julio de 2025 por el que se notifica requerimientos de
subsanación de solicitudes de liquidación acogidas al Decreto 87/2024, de
30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de
incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para
el apoyo a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de
productos agrícolas, y se aprueba su única convocatoria. (2025081141)
El Decreto 87/2024, de 30 de julio, establece las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba
la primera convocatoria.
Una vez examinadas las solicitudes de liquidación que se relacionan en el anexo adjunto presentadas en la citada convocatoria, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.6 de este
decreto, se requiere para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el
día siguiente a esta notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos,
con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través
de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La documentación subsanada requerida se presentará a través de la plataforma ARADO:
https://aradoacceso.juntaex.es/
(trámite “Presentación documentación ayudas FEADER NO SIG – INVERSIONES”).
Tanto las personas físicas como las jurídicas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de acuerdo con el artículo 13 del decreto, están obligadas a
la utilización de los medios electrónicos.
Mérida, 3 de julio de 2025. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, JESÚS
MIGUEL PÉREZ DURÁN.