Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Subastas. (2025081142)
Anuncio de 3 de julio de 2025 por el que se da publicidad a la enajenación de aceite lampante.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 133
Viernes 11 de julio de 2025
39850
ofertar un precio inferior al de valoración mínima de salida que especifica el anexo de este
anuncio, oferte el precio más alto.
La subasta, que tendrá el carácter de acto público, se llevará a cabo mediante el sistema
de puja a la llana, en tramos mínimos de 10 euros.
6. P
AGO Y TRASLADO DEL PRODUCTO: La retirada del aceite lampante se sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones previas:
a. Se realizará en el plazo máximo indicado en el anexo de este anuncio, para lo cual será
preceptivo la presentación del Modelo 50 de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública (Código 12401.3), por el que se acredite por la Entidad Bancaria el pago del
importe de adjudicación.
b. E
s necesario contar con una guía de envío o carta de porte, donde se especifique la
cantidad y tipo de aceite, el origen y destino, así como las instrucciones de manejo y
transporte.
c. Durante el transporte, el aceite lampante debe ir en recipientes cerrados y herméticos,
que garanticen que no haya fugas durante el transporte. Si el aceite se transporta a
granel, se deben utilizar camiones cisterna especializados, que cuenten con sistemas de
seguridad y que cumplan con la normativa específica
d. S
e debe asegurar que el embalaje cumpla con las regulaciones nacionales e internacionales sobre transporte de mercancías peligrosas.
e. El vehículo debe estar equipado con los elementos de seguridad necesarios, como extintores, equipo de protección personal y señalización.
f. El transporte correrá a cargo del adjudicatario.
7. E
FECTOS Y RÉGIMEN:
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos.
Salvo en casos de fuerza mayor, y siempre que no exista actuación imprudente por parte
del adjudicatario, los riesgos que se produzcan como consecuencia de la ejecución serán
por cuenta del mismo.
En lo no regulado en el Decreto 31/1997, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico.
Viernes 11 de julio de 2025
39850
ofertar un precio inferior al de valoración mínima de salida que especifica el anexo de este
anuncio, oferte el precio más alto.
La subasta, que tendrá el carácter de acto público, se llevará a cabo mediante el sistema
de puja a la llana, en tramos mínimos de 10 euros.
6. P
AGO Y TRASLADO DEL PRODUCTO: La retirada del aceite lampante se sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones previas:
a. Se realizará en el plazo máximo indicado en el anexo de este anuncio, para lo cual será
preceptivo la presentación del Modelo 50 de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública (Código 12401.3), por el que se acredite por la Entidad Bancaria el pago del
importe de adjudicación.
b. E
s necesario contar con una guía de envío o carta de porte, donde se especifique la
cantidad y tipo de aceite, el origen y destino, así como las instrucciones de manejo y
transporte.
c. Durante el transporte, el aceite lampante debe ir en recipientes cerrados y herméticos,
que garanticen que no haya fugas durante el transporte. Si el aceite se transporta a
granel, se deben utilizar camiones cisterna especializados, que cuenten con sistemas de
seguridad y que cumplan con la normativa específica
d. S
e debe asegurar que el embalaje cumpla con las regulaciones nacionales e internacionales sobre transporte de mercancías peligrosas.
e. El vehículo debe estar equipado con los elementos de seguridad necesarios, como extintores, equipo de protección personal y señalización.
f. El transporte correrá a cargo del adjudicatario.
7. E
FECTOS Y RÉGIMEN:
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos.
Salvo en casos de fuerza mayor, y siempre que no exista actuación imprudente por parte
del adjudicatario, los riesgos que se produzcan como consecuencia de la ejecución serán
por cuenta del mismo.
En lo no regulado en el Decreto 31/1997, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico.