Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Subvenciones. (2025062593)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2025 y 2026.
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NÚMERO 132

39481

Jueves 10 de julio de 2025

N.º SIA

Modelo

2894757

0607322

SOLICITUD DE AYUDA
(BONO ALQUILER
JOVEN)

8. DECLARACIONES RESPONSABLES DE LA PERSONAS SOLICITANTES
Cada persona solicitante firmante de la presente solicitud declara responsablemente que cumple los requisitos que le son
aplicables de conformidad con el Decreto 165/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la
ayuda "Bono Alquiler Joven" y de determinadas subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda
2022-2025, y se aprueba la primera convocatoria de diversos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en particular:
- Que no se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
- Que destina la vivienda o habitación objeto de la ayuda a su residencia habitual y permanente durante todo el periodo de
alquiler subvencionado.

IA

L

- Que ninguna de las personas integrantes de la unidad de convivencia es propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en
España, con las excepciones establecidas; que no tienen parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de
afinidad con el/la arrendador/a o cedente de la vivienda o habitación; y que, igualmente, no son socias o partícipes de las
personas físicas o jurídicas que actúan como arrendadoras o cedentes.
- Que los ingresos de la unidad de convivencia cumplen con los máximos establecidos en el art. 17.1, apartado d), del Decreto
165/2024, de 17 de diciembre.
- Que no ha percibido otras ayudas o prestaciones de alquiler distintas de las declaradas en el apartado 6.

C

- Que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea
requerida y que se compromete a mantener el cumplimiento de las obligaciones durante el período de tiempo inherente al
reconocimiento de la ayuda en su caso concedida.

FI

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o información que se incorpore a esta declaración
responsable o la falta de presentación de la documentación que fuere requerida por la Administración competente para
acreditar el cumplimiento de lo declarado, traerá consigo la revocación y el reintegro, en su caso, de la subvención, con los
intereses legales correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales o civiles que pudieren corresponder, así
como de las sanciones administrativas que pudiesen derivarse de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.

O

9. NÚMERO DE CUENTA EN ACTIVO EN EL SISTEMA DE ALTA DE TERCEROS POR EL QUE
SOLICITA COBRAR LA AYUDA
PRIMERA PERSONA SOLICITANTE

IBAN*

O

Rellenando este apartado, su número de cuenta será dado de alta de oficio en el Sistema de Terceros integrado en el Sistema
de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, salvo que dicha cuenta ya esté
activa. La persona solicitante debe ser titular o cotitular de la cuenta bancaria.
ES

Consentimientos (únicamente aplicables si la persona o la cuenta no estuvieran activas):

N

☐ No autorizo a la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a consultar los datos personales
identificativos que constan en la AEAT, por lo que se aporta a esta solicitud certificado de fecha actual obtenido a través de la
Sede Electrónica de dicho Organismo con los citados datos, para su registro en el Sistema de Gestión Económico-Financiera.
☐ No autorizo a la Junta de Extremadura a la consulta de la titularidad de la cuenta bancaria a través del cruce de datos con
las entidades financieras, por lo que el modelo deberá estar cumplimentado con sello y firma del banco.
Si marca las casillas y, por tanto, NO AUTORIZA las consultas, podrá seguir el trámite indicado en
https://www.juntaex.es/w/5145 para lograr el alta de la cuenta en el Sistema de Terceros, en el caso de que no lo estuviere.

(*) Apartado/campo obligatorio (no se puede dejar vacío salvo que el dato no exista o no sea aplicable)