Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2025062667)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Secretaría General, sobre concesión de subvenciones para el año 2025 a las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura carentes de la condición de más representativas.
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NÚMERO 130
38943
Martes 8 de julio de 2025
En el resuelvo octavo de la resolución indicada, se establece que el crédito se prorrateará
entre las centrales sindicales, en función de los resultados obtenidos a nivel regional en las
elecciones a miembros de Comités de Empresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal
a fecha 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y con el límite máximo de los
gastos subvencionables justificados conforme a lo dispuesto en el artículo 10 y 11 de la Orden
de 15 de mayo de 2020 que establece las bases reguladoras de estas ayudas.
Este criterio de representatividad se derivará del correspondiente certificado expedido por la
Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura sobre la información disponible de
las beneficiarias a 31 de diciembre de 2024 conforme a lo establecido en el resuelvo segundo
de la Resolución de 4 de abril de 2025 de la convocatoria de estas ayudas. En este sentido, el
8 de mayo de 2025 se emite el correspondiente certificado de representatividad sindical a 31
de diciembre de 2024 por el Servicio de Trabajo y Sanciones de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, al haber discrepancias
en el n.º de representantes que figuran en los certificados presentados por los sindicatos, se
solicitaron aclaraciones al Servicio de Trabajo y Sanciones de la Dirección General de Trabajo,
teniendo respuesta el 21 de mayo de 2025, rectificando el certificado inicialmente aportado, y
coincidiendo el número de representantes con los certificados aportados por los beneficiarios.
Visto el Informe de la Comisión de Valoración reunida el 23 de junio de 2025 respecto a las
solicitudes presentadas por las Organizaciones Sindicales conforme a los criterios establecidos
en la Orden de 15 de mayo de 2020 y la Resolución de la Secretaría General de 4 de abril de
2025 por la que se aprueba la convocatoria, la Propuesta de concesión del Jefe de Servicio
de Gestión Económica y emitido informe favorable de fiscalización previa por la Intervención
Delegada en Hacienda y Administración Pública, esta Secretaría General de Hacienda y Administración Pública, en virtud de lo expuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. La concesión de subvenciones a cada una de las Centrales Sindicales que más abajo se relacionan, al amparo de la Orden de 15 de mayo de 2020 por la que se aprueban las
bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de
la condición de más representativas y de la Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría
General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas para el año 2025, por importe
máximo de ochenta y dos mil euros (82.000 €), financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 100010000 G/113A/48000 CAG0000001 20080042, prevista en la prórroga de
la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el ejercicio 2024 en el ejercicio 2025, en las siguientes cuantías, de
acuerdo con lo previsto en el resuelvo segundo de la citada Resolución de 4 de abril de 2025:
38943
Martes 8 de julio de 2025
En el resuelvo octavo de la resolución indicada, se establece que el crédito se prorrateará
entre las centrales sindicales, en función de los resultados obtenidos a nivel regional en las
elecciones a miembros de Comités de Empresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal
a fecha 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y con el límite máximo de los
gastos subvencionables justificados conforme a lo dispuesto en el artículo 10 y 11 de la Orden
de 15 de mayo de 2020 que establece las bases reguladoras de estas ayudas.
Este criterio de representatividad se derivará del correspondiente certificado expedido por la
Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura sobre la información disponible de
las beneficiarias a 31 de diciembre de 2024 conforme a lo establecido en el resuelvo segundo
de la Resolución de 4 de abril de 2025 de la convocatoria de estas ayudas. En este sentido, el
8 de mayo de 2025 se emite el correspondiente certificado de representatividad sindical a 31
de diciembre de 2024 por el Servicio de Trabajo y Sanciones de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, al haber discrepancias
en el n.º de representantes que figuran en los certificados presentados por los sindicatos, se
solicitaron aclaraciones al Servicio de Trabajo y Sanciones de la Dirección General de Trabajo,
teniendo respuesta el 21 de mayo de 2025, rectificando el certificado inicialmente aportado, y
coincidiendo el número de representantes con los certificados aportados por los beneficiarios.
Visto el Informe de la Comisión de Valoración reunida el 23 de junio de 2025 respecto a las
solicitudes presentadas por las Organizaciones Sindicales conforme a los criterios establecidos
en la Orden de 15 de mayo de 2020 y la Resolución de la Secretaría General de 4 de abril de
2025 por la que se aprueba la convocatoria, la Propuesta de concesión del Jefe de Servicio
de Gestión Económica y emitido informe favorable de fiscalización previa por la Intervención
Delegada en Hacienda y Administración Pública, esta Secretaría General de Hacienda y Administración Pública, en virtud de lo expuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. La concesión de subvenciones a cada una de las Centrales Sindicales que más abajo se relacionan, al amparo de la Orden de 15 de mayo de 2020 por la que se aprueban las
bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de
la condición de más representativas y de la Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría
General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas para el año 2025, por importe
máximo de ochenta y dos mil euros (82.000 €), financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 100010000 G/113A/48000 CAG0000001 20080042, prevista en la prórroga de
la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el ejercicio 2024 en el ejercicio 2025, en las siguientes cuantías, de
acuerdo con lo previsto en el resuelvo segundo de la citada Resolución de 4 de abril de 2025: