Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025062627)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2023/2024.
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NÚMERO 129

38755

Lunes 7 de julio de 2025

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se conceden los Premios Extraordinarios
de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso
2023/2024. (2025062627)
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Secretaría
General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2023/2024.
(DOE n.º 67, de 7 de abril de 2025), y a tenor de lo que se establece en el resuelvo octavo y
de acuerdo con la propuesta realizada por el Servicio de Coordinación Educativa, de conformidad con la selección efectuada por la Comisión de Valoración,
RESUELVO:
Conceder Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior a los treinta
y tres alumnos que se relacionan en el anexo a la presente resolución, diez premios extraordinarios, por importe de 800 euros para cada uno (8.000 euros), veintidós accésit, dotados
cada uno con 400 euros (8.800 euros), lo que hace un total de 16.800 euros, que será hecho
efectivo con cargo al órgano gestor 130020000, posición presupuestaria G/222G/48000, fondo CAG0000001, proyecto 20030084 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025, y una mención honorífica sin dotación económica.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el órgano que la dicta o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
procedente.
Mérida, 30 de junio de 2025.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024
(DOE núm. 217, de 7 de noviembre),
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA